Para envíos con Nomenclatura Común del Mercosur, comenzó a funcionar el nuevo régimen de reintegro a las exportaciones para productos con agregado de valor.
Los nuevos reintegros diagramados por el Ministerio de Agroindustria, a cargo de Ricardo Buryaile, empezaron a funcionar desde el 2 de enero, luego de la publicación de la Resolución 1341/2016 en el Boletín Oficial. La medida implica la modificación en los porcentajes para los productos agropecuarios y agroindustriales, aplicables a las posiciones arancelarias del Mercosur. Significará un costo fiscal superior a los $2.600 millones.
El promedio de reintegros va de 0,5 hasta 4 puntos porcentuales, variando la situación en función del punto de partida, del tipo de producto y del nivel de transformación del mismo, con una estimación de costo fiscal superior a los $2.600 millones que serán devueltos a los distintos sectores productivos.
Detalle de las medidas
Para el caso de productos lácteos, el reintegro pasa de un promedio vigente hasta diciembre de 2016 de 1,2% a un 4%.
Para algunas economías regionales, se pasa de 0 a 3%, como el caso de la miel, aceite de oliva, yerba, té o a 3,5 a 4% si se trata de un producto fraccionado, y a 4,5% a 5% si se trata de extractos, esencias o concentrados de éstos últimos.
En el caso de los productos farináceos, también se incorporan nuevos niveles como es el caso de la harina de trigo que pasa de 0 a 3% y 4% para la fraccionada. La harina de maíz mejora levemente respecto de los valores actuales, sumando 0,5% adicional, sobre el 3,40% y 4,05% de reintegro que presentaba al momento. Los arroces también se ven beneficiados pasando de 0% a entre 2% y 3% el nuevo esquema. Productos con mayor valor agregado, como las galletitas pasan a recibir el 4% mientras que anteriormente no contaban con reintegro.
En el complejo oleaginoso se priorizó el aceite de girasol, pasando de 0 a 2,5% y a 3% el producto diferenciado "alto oleico", mientras que el aceite de oliva también recibió un beneficio de entre 3 y 4%.
Asimismo, se adicionará un 0,5% para 3 tipos de productos, de acuerdo a la instrumentación que establecerá la cartera agroindustrial: aquellos que revistan la condición de ecológicos, biológicos u orgánicos; o los que cuenten con el derecho de uso del Sello "Alimentos Argentinos Una Elección Natural" o con una Denominación de Origen (DO) o una Indicación Geográfica (IG).
Para mayor información http://www.minagri.gob.ar/sitio/areas/ss_alimentos_y_bebidas/?accion=noticia&id_info=170102192323