En Mendoza ya tiene media sanción la nueva Ley de Pasivos Ambientales que da marco jurídico a un régimen de identificación, inventariado y recomposición. El proyecto hace una consideración especial para "personas físicas o jurídicas que realicen actividades mineras o hidrocarburíferas y actividades de apoyo operativo en el terreno". La norma considera que se entenderá por pasivo ambiental "al conjunto de daños ambientales, en términos de contaminación de suelos, agua, aire, del deterioro de los recursos naturales y de los ecosistemas, producto de cualquier actividad pública o privada ocurridos durante el funcionamiento ordinario o por contingencias sucedidas a lo largo de su desarrollo que constituyan un riesgo permanente o potencial para la salud humana y el ecosistema".
