Según la resolución Inase N¦205/17- el vencimiento de las inscripciones en el Registro Nacional de comercio y Fiscalización de Semillas (en adelante, Rncyfs) operara el día 31/03/2018. Para mantener la vigencia deberán abonar la anualidad dentro del mes de vencimiento, teniendo como plazo máximo para regularizar la vigencia hasta 31/05/2018, caso contrario caducara automáticamente, debiendo abonar el arancel de inscripción. En tal sentido, se hace saber que, para la renovación anual de la vigencia en el Rncyfs deberá “abonar el arancel correspondiente a la/s categoría/s (A: $12.793,5 – B: $12.798,0 – C:$6.448,5 – E:$4.909,5 – F: $1.156,5 – G: $1.156,5 – H:$6.448,5 – I: $$2.403,0) en las cuales esté inscripto y/o declarar, por medio de la declaración jurada la producción anual de viveros (si están en las categorías J/K/L), debiendo cumplir con la clasificación de alta o baja producción prevista en la Resolución Inase N¦42/00 que se detalla debajo, debiendo indicar asimismo las especies a las que se dedica.

Viveros de Baja Producción: incluye aquellos viveros cuya producción anual sea la siguiente: Forestales, hasta 250.000 plantas; ajo, hasta 5 hectáreas; otras especies (vid, cítricos, frutales, olivo, ornamentales, etc.) hasta 10.000 plantas terminadas o 30.000 porta injertos.

Viveros de Alta Producción: incluye aquellos viveros cuya producción anual sea la siguiente: Forestales, más de 250.000 plantas; ajo, más de 5 hectáreas; otras especies (vid, cítricos, frutales, olivo, ornamentales, etc.) más de 10.000 plantas terminadas o 30.000 porta injertos.