Cual Boca-River, cada uno defiende su lado de la cancha y lo cierto es que el tan mentado Fondo para el Desarrollo Minero ya provocó una fisura en la relación entre el Gobierno y empresas prestadoras de servicios mineros. En este contexto, desde mayo próximo las empresas exploradoras y productoras mineras que desarrollen actividades en San Juan, deberán retener a todas las empresas prestadoras de servicios el cuatro por mil (0,004) de la facturación mensual. El dato adquiere relevancia cuando hace tan sólo un mes y ya con la ley aprobada (la 7909, que fue sancionada en julio de 2008), las empresas solicitaron al Gobierno que se suspendiera los aportes a este fondo cuyo objeto es el de fomentar y difundir el beneficio de la minería a la vez de contribuir al desarrollo de actividades culturales y deportivas.
Bajo el argumento de un contexto financiero internacional desfavorable y de poca claridad en el texto de la ley, las empresas nucleadas en la Cámara Minera de San Juan, la Cámara de Servicios Mineros (Casemi) y la Cámara de Empresas Prestadoras de Servicios Mineros (Cepsm) presentaron en enero de este año una serie de objeciones. Entre ellas que la retención del cuatro por mil “terminará trasladándose directa o indirectamente en sus precios a quienes contraten el servicio o compren sus bienes generándoles un costo adicional a las mismas empresas mineras que aportan sobradamente al Estado Provincial a través del régimen impositivo provincial, el pago de regalías, los cánones mineros y programas de desarrollo sustentable”, dice el texto de la nota presentada por la Cámara Minera y Casemi (ver aparte).
Atendiendo al reclamo, desde la Cámara de Diputados se hizo una revisión de la ley y se la modificó plasmando gran parte de las objeciones sugeridas por las empresas. La nueva ley (7964) se sancionó el 17 de marzo y fue publicada unos días después en el Boletín Oficial. Y como entra en vigencia 30 después a partir de su publicación, el pago de la tasa del 4 por mil deberá realizarse en los primeros días de mayo.
A pesar de los cambios se acentuaron las divergencias: el empresariado minero deberá cumplir una ley que considera “más que un fondo, un impuesto más a la actividad”, según palabras de Ricardo Martínez, titular de la Cámara Minera de San Juan. “Es un grosso error aumentar la carga tributaria, si bien nosotros tiramos la idea en su momento, el contexto era otro y si bien la idea es buena este no es el momento de aplicarlo. Si su padre pierde el sueldo, ¿usted le pediría gastos extra?”, sostuvo Martínez, quien también destacó que “la reformulación de la ley se hizo en base al cerebro de las empresas mineras y las modificaciones introducidas por las partes contables de las empresas”.
Desde el lado oficial se argumenta que el monto de la tasa solicitada no complica al empresariado. “El argumento de la crisis es infundado cuando hablamos de porcentajes muy exiguos y en cuanto a la modificación de la ley, se trasladó tal cual los cambios solicitados por las empresas para que no diera lugar a objeciones”, opinó Daniel Tomas, diputado del Bloque Justicialista y quien presentó el proyecto de ley que creó el fondo.
Así las cosas, la controversia se acentúa porque la aprobación de la nueva ley llega en un contexto de rumores, confirmados por fuentes calificadas, que apuntan a que algunas de las empresas prestadoras de servicios pretendían quedar exentas del impuesto de sellos que aportan por contratos de concesión minera, si apoyaban el Fondo Especial de Desarrollo Minero. El impuesto de sellos es un impuesto provincial que establece el pago por parte de la empresa del dos por ciento del total del contrato de concesión. Este impuesto se establece en la tributaria anual que la Legislatura sanciona en diciembre, cuando determina el presupuesto provincial.
