A partir del 13 de octubre es obligatorio en DTV para hortalizas pesadas: cebolla, ajo, batata, papa y papa andina.

La Disposición Nº 13/2018 dispone la obligatoriedad del DTV para el traslado de frutos de las especies hospedantes de Anastrepha fraterculus (mosca sudamericana) y Ceratitis capitata (mosca del Mediterráneo) a partir del 23 de octubre. ¿A quién está dirigido? Toda persona que desee movilizar productos de origen vegetal.

 

El DTV sirve para:

 

  1. afianzar la trazabilidad de los productos de origen vegetal al reconocer el origen de los mismos;
  2. fortalecer las acciones para la protección y la inocuidad vegetal;
  3. resguardar el estatus fitosanitario argentino.

Actualmente, su uso es obligatorio para: fruta fresca (cítricos, uva de mesa, duraznos y nectarinas, hospederos de Mosca de los Frutos y Carpocapsa provenientes de Región Protegida – Patagonia-; hortalizas (pimiento, papa, cebolla, batata, ajo, tubérculos andinos, algodón); material de propagación (cítricos, vid, prunus spp, olivo, kiwi); alternativos (material de propagación).

El trámite se puede hacer 100 % digital, y esta semana ya había productores de Rawson y Pocito que lo estaban manejando desde sus galpones e incluso desde sus celulares.

Si bien aún hay muchas dudas porque es reciente su implementación como obligatorio, el ingeniero agrónomo Daniel González Macías, de la Delegación Regional del Senasa, con sede en San Juan, dijo a Suplemento Verde que en las oficinas existe personal idóneo para asesorar en el tema. Además, "en la primera vez, deben venir a que les expliquemos cómo es el tema, luego ya lo hacen solos".