Los argentinos que realizan compras minoristas a proveedores del exterior a través de páginas web deben saltar múltiples obstáculos a la hora de retirar la mercadería. Especialistas explican las claves para cumplir con el trámite. Con la mira puesta en frenar la fuga de divisas, se acrecentaron las trabas existentes a la hora de retirar encomiendas de la Aduana.
Hace un año atrás, la AFIP complicó y burocratizó la compra de bienes en el exterior a través de sitios como Amazon y Aliexpress, entre muchos otros.
Puntualmente, con la entrada en vigencia de la resolución general (AFIP) 3.579, los argentinos que realizan adquisiciones minoristas con otros países a través de Internet deben (entre otros pasos a cumplir) completar un formulario online. La presentación de esa "declaración jurada" se debe realizar con anterioridad al retiro de la mercadería en cuestión. Y, para ello, se debe contar con CUIT o CUIL y con la clave fiscal que brinda el organismo.
Si bien el trámite parece sencillo, expertos advierten que continúan las múltiples trabas al momento de retirar encomiendas de la Aduana.
Luego de los cambios reglamentarios la mercadería comprada en portales como Amazon o Aliexporess dejó de llegar a la puerta de los hogares y comenzaron a llegar telegramas para que los retiros se efectuaran en la Aduana. Y, nada menos, que en la Aduana de "Ezeiza".
Es conveniente tener a mano la documentación de la compra y del producto, donde se describe el artículo y el proveedor. En el portal, suministran un tracking. Con ese número se puede hacer el seguimiento online de la encomienda en la página de Correo Argentino y saber qué envío está llegando.
Es importante destacar que existe un ID internacional y un ID nacional, que figura en el telegrama que llega. Ambos datos con su estado, están en la consulta del Correo Argentino.
Luego, con todos los papeles en mano, se puede iniciar el trámite.
La carga es online y al formulario se lo identifica como F 4550/100. Son cuatro solapas a completar con información del comprador, del producto y de la transacción. Anteriormente, el formulario era manual y se identificaba como 4550-T, pero ya no lo aceptan más.
El procedimiento consiste en ingresar a la página de AFIP con la clave fiscal, ir a la opción "Servicios Habilitados-Presentación de DDJJ y Pagos – Nuevo VEP".
– Organismo Recaudador: AFIP.
– Grupo o Tipos de Pagos: Aduana.
– Tipo de Pago: Compra a Proveedores del Exterior.
Con posterioridad, en la segunda pantalla se deben cargar datos de la operación. Esto contempla el 50% del valor de compra en dólares menos la franquicia anual que sólo podrá considerarse en una sola compra de las dos anuales que hoy están permitidas.
El trámite en Aduana se realiza con el DNI original, el telegrama con la firma certificada, el F 4550/100, el VEP y su ticket. Allí, se verificarán todos los papeles y se cobrará un adicional en concepto de depósito por cada día en que haya estado en guarda.
El paquete será abierto para verificar que coincida con todo lo declarado. Por eso, conviene llevar toda la documentación mencionada precedentemente. Si todo está en orden, el trámite estará finalizado.

