Este viernes, el Ministerio de Gobierno de San Juan informó cuáles son las modificaciones en los procedimientos de la Ley de Tránsito N° 24.449, dispuestas por el Gobierno Nacional, sobre el Carnet de Conducir y la Revisión Técnica Obligatoria (RTO), que tienen por tanto, validez en la provincia.
De acuerdo a lo analizado por la Secretaría de Tránsito y Transporte, las modificaciones tienen que ver la posibilidad de hacer trámites de la licencia de conducir de manera online, la extensión del plazo de 3 a 5 años para realizar RTO en autos OKM y el hecho de que la Revisión Técnica se podrá hacer en cualquier taller o consecionario con las características impuestas por la Secretaría de Transporte de la Nación, quitando exclusividad a los talleres que hasta ahora tenían permitido realizar el control.
Carnet de Conducir
• Para emisión de la primera licencia: La licencia de conducir seguirá siendo realizada por el Centro Emisor de Licencia. El trámite para obtener la primera licencia deberá realizarse de manera presencial en el Centro Emisor de Licencia (EMICAR), cumpliendo con los exámenes teóricos, el control psicofísico y la prueba práctica.
• Renovación de la licencia: A partir de ahora, el trámite de renovación se podrá realizar de manera online, a través de la aplicación “Mi Argentina”. Los controles psicofísicos, que deben renovarse pertinentemente, podrán realizarse en cualquier empresa prestadora habilitada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
*La actualización de datos psicofísicos deberá realizarse cada 5 años desde la primera licencia.
*A partir de los 65 años, deberá hacerse cada 3 años y desde los 70 años, anualmente.
• Validez de formatos: Tanto el carnet de conducir en formato físico (plástico) como el digital serán válidos y legales. El conductor podrá seguir solicitando la obtención del primero (plástico) si es que lo cree cómodo y conveniente. Este carnet es necesario para su uso fuera del país.
• Alcance nacional: Este trámite de renovación online podrá realizarse desde cualquier punto del país, realizando el control psicofísico en cualquier entidad autorizada.
Revisión Técnica Obligatoria (RTO)
• Vencimiento para autos 0km: Los automóviles 0km tendrán un plazo de 5 años antes de realizar la primera RTO.
• Centros habilitados para realización y renovación de RTO: Los controles pertinentes de la RTO podrán realizarse en cualquier taller o concesionario que cumpla con las características impuestas por la Secretaría de Transporte de la Nación, entidad encargada de emitir la autorización correspondiente.