El año pasado, la Municipalidad de Rivadavia puso en marcha la medida inédita de prohibir la venta de pirotecnia en todo el departamento.

Ahora se sumó Santa Lucía quien, a través del Concejo Deliberante, aprobó una ordenanza municipal. Si bien la nueva norma indica que no se autoriza el uso y comercialización de estos elementos, ya sean explosivos o luminosos, entre otros puntos, Emilio Achem, secretario de Control de Gestión de Santa Lucía, dijo que no controlarán su manipulación. Aseguró que harán cumplir esta norma, pero sólo en el punto referido a la prohibición de su comercialización.

A la vez, esta ordenanza exige que no se use sin una autorización previa en caso de eventos como casamientos, fiestas y hasta procesiones religiosas. En Rivadavia la situación es similar ya que se controla la comercialización y no el uso.

La ordenanza municipal 2.445 indica que ’prohíbase en el departamento Santa Lucía la utilización, tenencia, almacenamiento, exhibición, fabricación, transporte, distribución y comercialización artificios pirotécnicos’.

Sin embrago, por el momento se controlará la comercialización de elementos ’que produzcan efectos visibles, audibles y mecánicos’ y no el uso. En este contexto Achem dijo que los controles relacionados al uso lo harán en grandes fiestas o eventos artísticos que se hagan en Santa Lucía.

 

 

Proyectos

Con el mismo objetivo, concejales de Jáchal presentaron un proyecto para prohibir el uso y la venta de pirotecnia en este departamento. Sin embargo, ese proyecto aún no avanza en este municipio. Algo similar ocurre en la Cámara de Diputados de la Provincia, donde el diputado Gustavo Usín presentó un proyecto que busca prohibirlo en todo San Juan. Este proyecto fue presentado, pero aún no fue tratado. 

 

’Con la ordenanza buscamos ir dificultando las posibilidades de obtención de la pirotecnia, con el fin de erradicarla definitivamente. Específicamente el termino utilización está apuntando, en esta ordenanza, a los grandes eventos donde se usan fuegos artificiales y bombas de estruendo.

Pero específicamente para el ciudadano común que usa la pirotecnia para Navidad o Año Nuevo no está previsto el control. Es que sería imposible’, agregó el funcionario.

En esta nueva ordenanza se indica que el órgano de aplicación es la Dirección de Rentas municipal. Ahí es donde deberán pedir autorización las personas que realicen eventos o espectáculos en los que pretendan usar pirotecnia. 

Según el artículo 7 de esta ordenanza Rentas es quien tienen la facultad de multar a quienes no cumplan con la normativas.

Las multas serán de hasta 15.000 pesos (entre 1.000 y 10.000 Unidades Tributarias). Además, el mismo artículo prevé un incremento del 100% a quienes sean reincidentes.

’Asimismo se procederá al decomiso de la mercadería y clausura en el caso de tratarse de un local comercial’, indica la reglamentación. 

En Rivadavia la situación es similar y desde el municipio explicaron que los controles se harán en los puestos de ventas y que en caso de que sean detectados vendiendo se los multará y será el Juzgado de Paz quien determinará el monto a abonar.

 

En Capital

El martes pasado el Concejo Deliberante de la Capital aprobó por unanimidad una ordenanza que prohíbe la comercialización y manipulación de artefactos pirotécnicos. Sin embargo, desde este municipio dijeron que por el momento no se va aplicar porque la normativa aún no está reglamentada. A la vez, aseguraron que recién en diciembre del 2017 empezarán a realiza los controles que prevé la normativa capitalina.