Mientras las variantes por coronavirus aparecen y se extienden por el mundo, las autoridades nacional decidieron implementar medidas con el fin de demorar su ingreso al país. En ese contexto, al ingresar desde el exterior, las personas firman una declaración jurada y se comprometen a realizar una cuarentena obligatoria. Sin embargo, un sanjuanino no cumplió con la medida, por lo que fue denunciado en la Justicia Federal.

Al respecto, la ministra de Gobierno de la provincia, Fabiola Aubone, informó que "cada argentino que llega al aeropuerto de Ezeiza completa y firma una declaración jurada en la que informa su domicilio, teléfono, tiempo de llegada a su provincia entre otros datos. Allí se le indica que debe realizar cuarentena. Sin embargo, un sanjuanino no cumplió con la medida. Por lo que, al detectar la situación, Migraciones realizó la denuncia correspondiente en la Justicia Federal, que es la que tiene ingerencia en estos casos".

Cabe recordar que ya se denunciaron casos similares en distintas provincias del país. Hace 10 días se supo que el 40% de los argentinos que volvieron del exterior no cumplieron con el aislamiento obligatorio, lo que generó malestar en el Gobierno. Por lo que, todos los involucrados fueron denunciados penalmente.

En todos los casos, fueron las delegaciones que tiene Migraciones en cada provincia las encargadas de hacer las presentaciones correspondientes ante la Justicia Federal. En total fueron denunciados 287 ciudadanos que rompieron las normas.

Puntualmente, se lo acusa ante un fiscal por los delitos de atentar contra la salud pública y de desobediencia, contemplados en los artículos 205 y 239 del Código Penal, respectivamente.

La primera de estas tipificaciones establece que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

En tanto, el segundo artículo ordena “prisión de quince días a un año” para “el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.