Qué se vota
Presidente y Diputados Nacionales, en este caso, cada provincia vota en función de la cantidad de habitantes, en San Juan son 3 representantes.
Quiénes votan
Tienen obligación de votar quienes están incluidos en el padrón. Argentinos desde los 16 años. Para quienes tienen 16 y 17 años o son mayores de 70, la ley no prevé sanción por no presentarse a votar. En San Juan hay 536.349 electores según el padrón nacional, correspondientes al 1,67 por ciento del padrón.
Las boletas que se encontrarán en el cuarto oscuro
Escuelas / Clases
La Justicia Electoral habilitó 210 escuelas, con 1.662 mesas, 145 circuitos y 19 secciones para los comicios.
Las escuelas afectadas no tendrán actividad el viernes 25 en el último módulo del turno tarde, vespertino y nocturno.
A su vez, el lunes 28 de octubre, solo las escuelas que estuvieron afectadas a las elecciones no tendrán actividad escolar en el turno mañana para su limpieza y desinfección, restableciéndose la actividad en forma normal para los turnos tarde, vespertino y nocturno.
Padrón
Para consultar el padrón definitivo hacer click aquí
Con qué documentos se puede votar
Los documentos habilitantes son:
– Libreta de enrolamiento/libreta cívica
– DNI libreta verde
– DNI libreta celeste
– Tarjeta del DNI libreta celeste, que contiene la leyenda “No válido para votar”.
– Nuevo DNI tarjeta votar
Los motivos por los que está justificado faltar a votar y cómo denunciarlos
Un motivo es estar a más de 500 kilómetros del lugar de votación. En este caso, la persona debe acercarse a la comisaría más cercana y pedir un certificado como prueba de que estaba a esa distancia de su domicilio. Luego, tiene 60 días para presentarte ante la Secretaría Electoral y llevar el certificado para justificar tu ausencia. En San Juan, el Juzgado Federal con Competencia Electoral está ubicado en Mitre 330 Este, Capital.
En caso de estar en el exterior, se debe conseguir el certificado en el Consulado Argentino más cercano. Si no, al regreso del viaje, se puede realizar el trámite ante la Cámara Nacional Electoral o ante la Secretaría Electoral, siempre hasta 60 días después de la elección.
Otro motivo es estar enfermo. En este caso se debe presentar el certificado médico.
Cuál es la multa por no presentarse a votar
Quienes no concurran a votar recibirán una multa de 100 pesos. Quienes figuren como infractores podrán regularizar su situación mediante el pago de la multa que puede llegar hasta los 400 pesos, si se tienen en cuenta múltiples ausencias sin justificación a las últimas cinco elecciones de 2015 y 2017 (dos PASO, dos generales y un balotaje).