El terreno debe contar con la dotación de todos los servicios básicos, mínimo con electricidad y agua potable. Además, debe estar ubicado en áreas no inundables y que reúnan las condiciones físicas que garanticen un suelo apto para la construcción. Ahora también se aceptan terrenos en Régimen de Propiedad Individual que permitan construir hasta un máximo de 10 casas. Por su lado el proyecto deberá contar con la aprobación de la Dirección de Planeamiento y Desarrollo Urbano, en tanto que las instalaciones eléctricas, sanitarias y de gas deben encuadrarse dentro de las normativas de los organismos competentes.
