Estas son las personas que podrán circular siempre y cuando lo hagan con el permiso oficial:
- Personal de salud y seguridad
- Personas que deban asistir a otras con discapacidad
- Familiares que necesiten asistencia por personas mayores, niños y adolescentes
- Personas afectadas a la realización de servicios funerarios
- Personas que se desempeñan en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos
- Supermercados mayoristas y minoristas, comercios minoristas de proximidad
- Farmacias
- Ferreterías
- Veterinaria
- Provisión de garrafas
- Actividades de telecomunicaciones como internet fija y móvil y servicios digitales
- Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patógenos
- Mantenimiento de los servicios básicos de agua, electricidad y gas
- Comunicaciones y atención de emergencias
- Transporte público de pasajeros estará limitado a las actividades esenciales y con su permiso de circulación
- Transporte de mercadería y de combustible y el expendio de combustibles
- Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad
- Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardería
- Servicios que prestan las entidades bancarias sólo con turnos
- Servicio de Justicia de turno
- Actividad de la Administración pública será con guardias mínimas
- Actividad minera esencial
A los fines de acreditar la circulación deberán tramitarse permisos en el portal que dispone el gobierno de la provincia cuyo sitio web es www.permisosdecirculación.sanjuan.gob.ar
***Deja de tener validez el permiso sacado anteriormente***