En plena pandemia y cuando los usuarios tienen dificultades para realizar trámites en los bancos y en las empresas de servicios, la Dirección de Defensa al Consumidor saldrá a realizar a partir de agosto que acaba se comenzar intimaciones para que las compañías y entidades crediticias pongan en marcha un link en sus página web para dar de baja a sus prestaciones. Es porque en las últimas tres semanas, de los 50 reclamos diarios que recibe el organismo, unos 20, es decir el 40%, corresponden a planteos por que la gente no puede rescindir algún beneficio que pudo haber contratado en otro momento, pero que ya no lo quiere seguir teniendo.

Las principales quejas apuntan a los bancos, compañías de telefonía, tanto fija como móvil, televisión satelital y servicios de internet, según dio a conocer Javier González, director de Defensa al Consumidor.

El funcionario recordó que está vigente la resolución 316, del 2018, de la Secretaría de Comercio de la Nación, que establece que todas las compañías proveedoras de algún servicio, como bancos, telefonía, internet o televisión satelital, deben tener en su página web un link o botón de baja, para que el usuario pueda solicitar el cese de algún servicio contratado. Es porque lo establece el artículo 10 de la Ley Nro 24.240, de Defensa al Consumidor. La norma consigna que "cuando la contratación de un servicio, incluidos los servicios públicos domiciliarios, haya sido realizada en forma telefónica, electrónica o similar, podrá ser rescindida a elección del consumidor o usuario mediante el mismo medio utilizado en la contratación". En otras palabras, la reglamentación vigente exige que exista un medio ágil para pedir la baja de un servicio, una posibilidad que en la actualidad se dificulta porque la mayoría de las empresas e incluso los bancos, no tienen asistencia personal o hay que pedir turnos, que demoran el trámite. Y, al parecer, las compañías se estarían aprovechando de la situación para demorar los pedidos.

González explicó que, cuando un usuario tiene dificultad para pedir la baja, debe reclamar a la empresa, por escrito o por mail, y con la constancia concurrir a Defensa al Consumidor, que funciona en el cuarto piso del Centro Cívico. De mañana, en horario de 7 a 13,30 y de tarde, de 14 a 19. Con la constancia, la repartición exigirá a la empresa que de la baja a la prestación, caso contrario podrá ser multada con montos que llegan a los 5 millones de pesos. La cifra aparece en la Ley nacional de Defensa al Consumidor.

Para evitar estos problemas es que la dirección saldrá a exigir a las prestadoras de servicios y los bancos, que deben tener el link o botón de cese del servicio, que evita todos estos inconvenientes. La que sea intimada y no ponga esa alternativa, también podrá ser multada con el tope de 5 millones de pesos.

En el caso de los bancos, lo más común es que en el resumen de cuentas, que puede ser de la tarjeta de crédito, aparezca un seguro que el titular no contrató y entonces viene un largo trámite para lograr que la entidad le de la baja. A veces, y cuando incluso le acreditaron los montos descontados, suele suceder que a los pocos meses vuelve a aparecer el débito. Con el botón de cese la tarea de pedir que no siga el descuento será mucho más sencilla. Esa es la campaña que emprende ahora Defensa al Consumidor.

 

LAS CLAVES

  1. Frente a las dificultades que tienen los usuarios para pedir la baja de algunos servicios, por ejemplo en bancos y empresas de telefonía fija y móvil, internet y televisión satelital, Defensa al Consumidor saldrá exigir que pongan en marcha, a las que no lo tengan, el link o botón para pedir el cese de la prestación.
  2. Habrá una etapa de intimaciones y si las empresas no cumplen, podrán ser sancionadas con multas que llegan hasta los 5 millones de pesos, según la Ley nacional de Defensa al Consumidor. Otra opción, para agilizar el trámite, es que el usuario pida la baja, por nota o por mail, y si no tiene respuesta, con la constancia pida ayuda al organismo.
  3. Las medidas están basadas en la resolución 316, del 2018, de la Secretaría de Comercio de la Nación, que establece que todas las compañías proveedoras de algún servicio, como bancos, telefonía, internet o televisión satelital, deben tener en su página web un link o botón de baja, para que el usuario pida el cese de algún servicio contratado.