Un empleado administrativo de una de las empresas de servicios del Estado se contagió de covid-19 cumpliendo su tarea en noviembre del año pasado, y 15 días después, el 3 de diciembre, murió tras agravarse su estado de salud como consecuencia de los daños que le ocasionó en el organismo. La familia del trabajador fallecido logró esta semana que una repartición nacional, la Comisión Médica Central, reconociera a este mal como enfermedad profesional, lo que le da derecho a percibir una indemnización, que deberá afrontar la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART). Se trata del primer caso de este tipo en San Juan, confirmado por fuentes del sector, e incluso uno de los primeros en el país porque no hay muchos antecedentes, apenas uno en Salta.

A partir de ahora, según estiman en el ámbito laboral en la provincia, podrían sumarse planteos similares, no sólo para el pago de indemnizaciones por el fallecimiento de un trabajador sino también por discapacidades generadas a partir de la enfermedad, porque entre las secuelas pueden quedar problemas respiratorios o que dificultan la movilidad de las personas. Por eso la importancia del dictamen de la Comisión Médica Central, un organismo dependiente de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo de la Nación, que es la encargada de aplicar la Ley de Riesgos de Trabajo.

Hay que aclarar que no se coloca el nombre de la empresa en la que trabajaba el agente por especial pedido de la familia del fallecido.

Para que prosperara el planteo fue fundamental que se determinara que el empleado se contagió en su trabajo porque en la empresa en la que trabajaba se habían confirmado 32 casos de coronavirus y fue en una época en la que regía en San Juan las medidas del llamado Aislamiento Social Preventivo Obligatorio (ASPO), que permitía que algunos empleados no fueran a trabajar. Pero en el caso de este agente se trataba de un servicio esencial y él estaba en un área clave para garantizar el funcionamiento de la repartición y por eso siguió concurriendo hasta su trabajo hasta que se contagió. El informe de laboratorio reveló que dio positivo el 16 de noviembre del año pasado, según explicaron los abogados laboralistas Olga Viviana Pastor y Mario Sánchez Sierra, patrocinantes de la familia del fallecido.

Todavía no ha sido calculada la indemnización que le corresponderá pagar a la ART, que es Asociart en este caso, pero como antecedente se puede citar el caso de una enfermera de 55 años, que tenía un salario de 55.000 pesos mensuales, y que falleció por una enfermedad que se contagió en el trabajo y su familia recibió 8,7 millones de pesos.

Una ART es una empresa que da cobertura integral en materia de riesgos laborales. En este caso la daba a la empresa en la que trabajaba el empleado fallecido.

El reconocimiento como enfermedad profesional, es decir que se trata de una patología ocasionada por la tarea que desempeñaba el trabajador, que contrajo el covid-19 en la empresa en la que trabajaba, también significa que la ART debe hacerse cargo de todos los gastos médicos y de internación. En este caso, el empleado estuvo internado en una clínica privada hasta que falleció como consecuencia de "enfermedad respiratoria aguda debido al nuevo coronavirus", según indicó el diagnóstico.

Fue la propia ART de la empresa la que, cuando fue consultada, informó que había 32 casos denunciados de covid-19, lo que fue un dato vital para que el planteo prosperara.

En el dictamen aparece que la enfermedad "fue causa inmediata de la baja laboral y de su fallecimiento" y que "ejercía su labor en contacto directo con otros trabajadores infectados".

Como la ART en la que trabajaba el empleado fallecido colaboró e incluso aportó información que permitió el avance del dictamen, se estima que no apelará la resolución.

 

Situación

En el caso de que la ART se negara a pagar la indemnización, a la familia del trabajador fallecido le queda la instancia de recurrir a la Justicia laboral con un planteo judicial. Según fuentes del sector, se estima que el organismo no se opondrá porque hasta ahora ha prestado colaboración en todo el trámite.

 

  • Antecedente en Salta

Un antecedente en este ámbito es el caso de un policía que se desempeñaba en la provincia de Salta, en la Sección Licencias, y que también prestaba servicio de seguridad y que estuvo en contacto con otros trabajadores infectados y expuesto al contagio del virus, es decir que contrajo la enfermedad en su trabajo porque se habían detectado otros casos.

En este caso, la familia del agente policial había presentado un trámite para que se reconociera como enfermedad profesional al coronavirus y así lo lograron. El diagnóstico para el agente fue enfermedad respiratoria aguda debido al nuevo coronavirus que determinó su fallecimiento.

El informe sostuvo que el agente padeció la enfermedad identificada como covid-19 y que dicho mal fue la causa inmediata de su baja laboral y de su muerte, luego de haber estado en contacto con otros trabajadores infectados. Ahora tramitan el pago de la indemnización.