�El artículo 19 del texto original redactado por el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, establecía que “la existencia de la persona comienza con la concepción en el seno materno. En el caso de técnicas de reproducción asistida, este proyecto original (presentado por el Ejecutivo) determinaba que la existencia humana “comienza con la implantación del embrión en la mujer, sin perjuicio de lo que prevea la ley especial para la protección del embrión no implantado”. Es decir, avalaba técnicas de fertilización asistida, incluida la implantación de embriones. Consideraba que el embrión no era persona hasta tanto éste se implantara en la mujer.
