1. Detectado el terreno, se verifica su estado dominial en el Registro de la Propiedad de la provincia. 2. En Catastro se pide el avalúo fiscal y el Tribunal de Tasaciones hace una inspección para verificar su estado. 3. Por ley aprobada en la Cámara de Diputados se hace la retrocesión para que el terreno vuelva al Estado.
