El conflicto tuvo origen cuando los médicos terapistas de la provincia reclamaron que las obras sociales les dieran un aumento en los aranceles y como no tuvieron éxito decidieron no asistir a los centros de salud privados y dejar a las personas internadas sin atención en los primeros días de octubre.

Así, la atención de los pacientes en estado crítico estuvo en peligro pero el problema fue solucionado, temporalmente, después de que Fiscalía de Estado presentara un amparo con una medida cautelar. El juez civil Olivarez Yapur resolvió primero la cautelar y les ordenó a los profesionales que no abandonaran su trabajo y les advirtió que se exponían a ser denunciados por abandono de paciente. Los terapistas acataron la resolución y volvieron a trabajar.

Ahora el magistrado resolvió el amparo y en los fundamentos sostiene que ‘los médicos terapistas no pueden incorporar dentro de su plan de lucha salarial, gremial o de cualquier especie la suspensión de una prestación considerada esencial y vital para el ser humano paciente en condiciones de estado de salud crítico‘.

‘Juzgo que la modalidad que dispuso y afirma la co-demandada ATISJ consistente en el trabajo por cobro directo al paciente o sus familiares no resulta admisible, dado que ante la imposibilidad de acceder al servicio pone en grave riesgo su salud y su vida‘.