�El Banco Central amplió ayer los controles sobre mutuales y entidades no financieras que ofrecen créditos personales, obligándolas a una registración especial de acuerdo a su categoría. Los proveedores no financieros de crédito de mayor envergadura deberán inscribirse en el BCRA en un plazo de 90 días y quienes no lo hicieren, verán restringido su acceso al financiamiento en entidades financieras. La inscripción se realizará en dos registros, creados en el ámbito de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC). Uno de ellos será el registro de ‘Empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra‘ y un segundo que se denominó ‘Otros proveedores no financieros de crédito‘, que incluirá a aquellos otros prestadores cuya cartera crediticia supere los 20 millones de pesos. La inscripción en estos registros será requisito para ser considerado sujeto de crédito por parte de las entidades financieras. También deberán informar sus accionistas.