Desde que la Ley 7.196, conocida como ley seca que regula el consumo de alcohol en las calles y boliches, comenzó a implementarse en 2002, la cantidad de sanciones por su incumplimiento se han mantenido “estables”, afirmó el juez de Faltas, Enrique Mattar. El magistrado dio detalles además de la cantidad de multas que se labra en el marco de la normativa actualmente.
“Desde que salió la Ley, los controles de su cumplimiento han sido una actividad permanente tanto en el interior de boliches y fiestas como en las calles. Y los resultados no se modifican, conducir en estado de ebriedad sigue siendo la causa por la que más actas se labran en el tránsito”, sostuvo Mattar.
A la vez, comentó que “actualmente, cada 10 actas de tránsito que se labra, 7 se vinculan al consumo de alcohol”.
En cuanto al funcionamiento de los boliches, informó que, “todos los fines de semana tenemos al menos 5 casos de locales que infringen la ley”.
Cabe aclarar que en las multas por conducir alcoholizado no tienen disminución si se pagan al contando. La multa por manejar ebrio un auto cuesta entre $15.000 y $16.000. Mientras que, en moto es de $9.500.
Por su parte, los dueños de boliches, clubes y otros locales de baile tienen multas de entre $14.000 y $15.000 y pueden ser clausurados teniendo en cuenta la reincidencia.
Cómo se desarrolla el control en los boliches
Los operativos que controlan que se cumpla la ley seca en los boliches arrancan con un procedimiento policial que suelen hacer la División Leyes Especiales y la Comisaría del Menor. Ellos ingresan al boliche, piden las habilitaciones y luego constatan la presencia de menores, entrevistando algunos chicos y pidiendo identificaciones.
Si observa alguna falla, como la presencia de menores de edad, la Policía hace la clausura provisoria y labra el acta de infracción al local bailable, mientras que la Policía del Menor puede trasladar a los chicos que no son mayores de edad. Ese expediente luego es enviado al Juzgado de Faltas que esté de turno.
Una vez que el expediente llega al Juzgado, el magistrado correspondiente cita a los dueños del boliche y comienza un juicio. Puede sancionar con multas y, además, ordenar la clausura efectiva.
Las clausuras efectivas suelen ser de una semana, pero en el caso de los empresarios que son reincidentes los jueces aplican generalmente sanciones más extensas.