Una persona que posee una gran cantidad de deudas puede realizar una declaración de quiebra, para alargar plazos y así tener una salida transitoria a esa realidad.
1- El momento adecuado es cuando con sus ingresos no pueda pagar las cuotas sin que además le quede dinero suficiente para poder vivir. Se considera que el 20% del sueldo es lo que un empleado puede destinar al pago de sus deudas, pero generalmente las personas suelen tener casi todo el sueldo embargado, o que firman acuerdos leoninos y no les queda para vivir.
2- Debe recurrir a cualquier abogado o contador especialista en derecho concursal. En la Fundación de Derecho Concursal (Mendoza 162 Sur 1er Piso Oficina 9, consultoradeauditoria@yahoo.com.ar; celular: 154112608) se asesora gratuitamente, aunque están en feria judicial hasta el 1 de febrero. Además hay en San Juan unos 50 especialistas inscriptos en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o en el Foro de Abogados.
3- Hay que disponer sí o sí de $2.000 iniciales para iniciar el trámite. El dinero se destina a la publicación del edicto y el envío de una carta certificada a los acreedores.
4- Una vez iniciado el proceso, hay que esperar 180 días en los cuales se harán notificaciones, recursos del síndico, y una vez sorteadas las situaciones legales se llega a la sentencia y se convoca a la celebración del acuerdo.
5- La Justicia designará un síndico cuya misión es llegar a un acuerdo de pago del capital adeudado, a largo plazo con los acreedores, y en igualdad de condiciones con todos ellos, incluso con los de juicios de cuota alimentaria, informaron desde la Fundación.
