Senadores del bloque radical presentaron anoche durante el debate en el recinto un proyecto, en su votación en particular, la iniciativa para modificar el Código Civil para permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo.
Una de las modificaciones es la del artículo 4 de la norma que establece la patria potestad de los hijos de cónyuges separados.
En el proyecto del radicalismo no se diferencia entre hijos de heterosexuales e hijos de homosexuales, estableciendo que se aplicarán las cargas de la patria potestad.
Además, modifican el art. 2, sobre la constitución del matrimonio, y el 16, que habla sobre el apellido que deberán llevar los hijos adoptados, eliminando la diferenciación entre matrimonios del mismo y de distinto sexo.
También se impulsa un cambio en el artículo 34 que versa sobre la separación de los cónyuges, y otro en el 37 que menciona qué apellido llevarán los hijos matrimoniales de cónyuges sin determinar su sexualidad.
En ese sentido, se hace una modificación más amplia estableciendo que “los padres, de común acuerdo, decidirán cuál de sus apellidos llevará el nacido o, en su caso, el de los dos y en qué orden”.
Finalmente, los radicales pretenden modificar el artículo 40 de la norma en revisión sobre la supresión del apellido marital dispuesto por la viuda o el viudo.
