Hace 20 años, Roberto Herce sostenía un micrófono parado frente a la puerta de DIARIO DE CUYO. Su voz era la de los más de 200 padres que junto a él reclamaban que el Estado cuidara a sus hijos. Sólo 3 días antes, el 20 de noviembre de 1999, Micaela Herce, su hija de 16 años, había muerto en un accidente de tránsito cuando regresaba de una fiesta en el Dique, junto a otros dos amigos que también fallecieron y un par más que quedó gravemente heridos. Nadie lo sabía entonces, pero ese pedido a las autoridades tras la tragedia que destapó la falta de controles de tránsito por las noches, al consumo desmedido de alcohol y al funcionamiento de fiestas y boliches, terminó cambiando para siempre la movida nocturna en San Juan generando la creación de la Ley 7.196, más conocida como ley seca.
Todo comenzó aquella noche de diversión que se terminó transformando en un infierno. Los cinco amigos habían ido a bailar a un boliche que inauguraba en el predio complejo Bahía de las Tablas.
Cuando comenzaba a amanecer, junto a gran cantidad de vehículos, iniciaron el camino de regreso a sus casas a bordo de una camioneta Nissan 4×4 doble cabina, por ruta provincial 60. Pero luego de llegar al empalme con Galíndez y recorrer unos 30 metros, algo salió mal. El conductor perdió el control y chocaron de frente con un colectivo 70 de la empresa La Marina, que recién iniciaba sus recorridos del día.
A partir de ahí, todo fue horror: la camioneta quedó incrustada debajo del micro y, casi instantemente murieron Micaela; Roberto Quiroga, de 19 años; y Mauricio Aguirre, de 20. Los otros dos ocupantes, Esteban Crosara, conductor de la camioneta, y Leandro García Torés, ambos de 19 años; fueron asistidos primero por muchas personas que hacían el mismo camino que ellos y se detuvieron a auxiliarlos. Después, los trasladaron al hospital, habían quedado gravemente heridos.
Dos días después, salió a la luz que esa noche no había habido controles a lo largo del camino. Mientras que, la Policía de Tránsito tampoco había realizado operativos en esa zona.
Conmoción y un pedido de protección
El terrible hecho y la falta de intervención del Estado conmocionaron a San Juan en general y a familias influyentes de la sociedad, en particular.
El pedido de más controles no se hizo esperar. Fue el propio Herce quien tomó la voz de mando y se puso al frente de los reclamos, 3 días después del fallecimiento de su hija. La sociedad expresaba un pedido específico: protección para sus hijos en las rutas.
Rápidamente pusieron en discurso dos solicitudes concretas. Por un lado, que se realizara operativos de tránsito durante las noches en zonas clave. Por otro, que se analizara poner un horario límite para el ingreso y la salida de los boliches.
En primera instancia, se convocó a miembros de la Escuela de Caminos de la UNSJ, que comenzaron a hacer estudios que después se incorporaron a un mapeo de las zonas más peligrosas que podrían ser epicentro de esos controles. A la vez, comenzó a controlarse más el tránsito durante las noches para evitar nuevos accidentes.
Fue en medio de los pedidos y las propuestas que el entonces jefe de Tránsito de la Policía, Carlos Alcayaga, afirmó: “No alcanza si la gente no toma consciencia y no conduce con precaución”.
Las declaraciones hicieron eco en los padres que decidieron tomar el control: empezaron a salir en grupo, organizados y crearon la Fundación Padres. Ellos mismos se unían a la policía y hasta a los jueces y los acompañaban en los recorridos nocturnos.
Ese mismo año, apenas tomó el gobierno Alfredo Avelín, el grupo comenzó a exigirle que firmara un decreto para que los boliches cerraran a las 4 o incluso a las 2. También se pedía que se pusiera límites al expendio de bebidas. El decreto jamás se firmó, sin embargo, el diputado Alfredo Castillo diseñó un proyecto, que terminó transformándose en la Ley 7.196, más conocida como Ley Seca.
El nacimiento de una ley de impacto
El 21 de noviembre de 2001 Diputados aprobó la normativa conocido después como ley seca. El texto indicaba que se prohibía la venta de alcohol en toda la provincia de 23 a 8,30 en locales de comidas para llevar. Quedaban exceptuados los boliches y locales bailables y los restaurantes y confiterías, quienes podían vender hasta las 3, (luego, el horario se corrió a las 3,30).
Mientras que, ningún menor de 18 años podía comprar alcohol. Y se prohibía el consumo en la vía pública.
A su vez, los boliches tendrían dos horarios. Matiné, para chicos de 14 a 17 años, de 16 a 22, sin venta de alcohol y las luces prendidas. Y nocturno, para mayores de 17, de 23 a 4,30, sin ingreso de menores y con la exigencia de DNI para entrar. Mientras que, cuando la ley tuviera a un año la edad subiría a 18 años. A su vez, imponía multas a los comerciantes que no cumplieran con ella y a los padres de menores.
Ese compendio de normas generó en un principio todo tipo de comentarios, muchos de ellos en contra. A pesar de eso, el gobernador Avelín decidió no vetarla y pedir que entrara en vigencia desde enero de 2002.
A partir de ahí, los cruces y enojos fueron en aumento. Primero la normativa no se instrumentaba, por lo que no podía entrar en vigencia. Aun así, comenzó a aplicarse un año después. Hubo cruces, silencio por parte de los legisladores, controles súper exhaustivos por parte de la Policía y bronca de todo tipo de sectores, principalmente de los bolicheros y dueños de bares, que llegaron armar una especie de baile comunitario en plena calle, frente a la Legislatura, a modo de queja.
Incluso actualmente hay reclamos por parte de los dueños de algunos restobares, quienes aseguran que “la ley los discrimina”, principalmente por la prohibición de la presencia de menores de 18 años luego de las 23, aún acompañados por sus padres, en sus locales.
Pero todo eso no impide que la Ley siguiera vigente, aunque sí sufrió algunas modificaciones con el paso de los años. La última, después de la tragedia de Cromañón, ocurrida en 2004 (cuando el incendio producido en el boliche de Once de la ciudad de Buenos Aires, durante un recital de la banda de rock Callejeros dejó 194 muertos). En enero de 2005 entró en vigencia la Ley 7.575 que modificó varios artículos de la Ley Seca. Entre ellos, se dispuso penas más duras a los propietarios de boliches y padres de menores que estuvieran en infracción.
Además, se incluyó el artículo 20, que impide el expendio de bebidas alcohólicas en clubes deportivos y campings. La norma establece: "Queda terminantemente prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, lugares de acceso al público y también en estadios o lugares en los que se desarrollen actividades deportivas, educativas, culturales o artísticas, salvo que el consumo se produzca en lugares habilitados -boliches, restaurantes, confiterías con permiso expedido, donde la licencia para vender alcohol se extiende sólo hasta las 3:30-. Esta prohibición no reconoce límite de edad".