La mujer policía detenida desde el domingo, a priori, está complicada. Es que la versión inicial sobre el tipo de maniobra que le atribuyen habla de un supuesto abuso sexual con acceso carnal.
En teoría no es una violación porque se supone que el menor no fue obligado, aunque cabe pensar que de alguna manera lo sedujo para conseguir sus propósitos.
Si la entrevista del chico en Cámara Gesell confirma los relatos de los testigos, el juez de Instrucción Martín Heredia Zaldo deberá determinar si se produjo o no la corrupción sexual del menor. En otras palabras, si las acciones de la mujer sirvieron o no para torcer el sano sentido del sexo en el chico. La posible corrupción sexual del jovencito, cerraría la puerta a la libertad de la policía.
Si en cambio las pruebas permiten determinar que ese acceso carnal no sirvió para corromper al niño, la mujer podría ser liberada.
En esa hipótesis, cabría considerar el abuso sexual con acceso carnal se cometió contra un menor de 16 años, sin el agravante de la convivencia ni el de ser policía, porque se supone que todo pasó cuando ella no cumplía sus funciones. Este tipo de maniobra tiene penas de entre 3 y 6 años, y es excarcelable.