La Ley de Cupos, Nº 24.012 fue sancionada el 6 de noviembre de 1991 y prohibió la oficialización de listas que no incluyeran, para cargos electivos, un mínimo del 30 por ciento de mujeres. El proyecto había sido presentado a fines de 1989 por la senadora radical por Mendoza, Margarita Malharro de Torres. A mediados de 1991, las diputadas radicales Florentina Gómez Miranda y Norma Allegrone de Fonte presentaron un proyecto similar, pero que aclaraba el orden de los candidatos y candidatas en las listas, para cerrar el camino a interpretaciones equívocas. Por ese tiempo, mujeres de 15 partidos políticos se nuclearon en la Red de Feministas Políticas, para impulsar la sanción de la ley. La ley se aplicó por primera vez en las elecciones de renovación parlamentaria de 1993. La historia previa en las elecciones de renovación legislativa indica que era muy escasa la participación de las mujeres en las dos cámaras. En la integración de la primera Cámara de Diputados de la democracia, en 1983, sólo siete distritos tenían representantes femeninas, que totalizaban 12 bancas sobre 254. Entre ellas estaba Ivelice Falcioni de Bravo, esposa de don Leopoldo Bravo. Recién en 1987 San Juan volvió a tener una diputada mujer, en este caso Olga Riutort, quien empezó militando en el PJ en San Juan y continuó su carrera política en Córdoba, donde está radicada ahora.
