El artículo 3 de la Ley 8.069, prohibe que embarazadas y niños menores de 10 años circulen a bordo de motocicletas, ciclomotores o cuatriciclos. Desde que se empezó a aplicar ese artículo, hace tres meses, la División Tránsito de la Policía de San Juan radió en promedio 260 motos por mes por infracciones de este tipo. Abel Hernández, jefe de Tránsito, dijo que es la segunda causa de secuestro de estos vehículos, después de la falta de casco.
Desde que comenzó a aplicarse el artículo mediante el que se prohibe el traslado de embarazadas y niños en motos, la Policía radió en total 780 motos por cometer esta infracción. Mientras que el total de motos retenidas en ese período de tiempo fue de 5.649. Otras de las infracciones fueron no usar casco y alcoholemia positiva. Si bien, comparativamente, la infracción de ir en moto con embarazadas y niños no es la mayoría, Hernández dijo que la situación es preocupante porque es algo que recién empieza a controlarse. Además dijo que harán cumplir esto a rajatabla e intensificarán los controles para proteger la vida de las personas.
Si bien la Ley 8.069 se aplica hace varios años en la provincia, el artículo 3 era inaplicable para los jueces. Es que, por un error de redacción, no quedaba clara la forma de pago de las multas. El viejo artículo decía que los infractores debían pagar hasta 30 Unidades Fiscales, siendo que las unidades de pago se llaman Unidades Fijas (UF). Por esta falla y con el objetivo de hacerla cumplir es que a fines de mayo la ley fue modificada y desde junio comenzó a aplicarse en toda la provincia. Además de esta modificación, se incrementó el precio de las multas de 30 a 50 las Unidades Fijas. Por lo que Abel Hernández explicó que cada Unidad Fija equivale a 1 litro de nafta súper. También se decidió retener el vehículo a quienes incumplan con esta normativa.

