Una mujer podrá cobrar una pensión por viudez, pese a que su marido falleció antes de cumplir los 60 años, aunque le aportaba al sistema desde los 18 años para obtener su jubilación.
La decisión fue tomada por la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que reconoció el derecho a una pensión por viudez en un caso de fallecimiento a edad temprana sin que se hayan completado regularmente los aportes durante la vida activa del causante.

El hombre comenzó a trabajar a los 18 años y a los 57 años, cuando falleció, acreditaba 26 años de servicios con aportes. El fallo sienta jurisprudencia, aunque el Gobierno -desde la Anses- está en condiciones de apelar esta decisión a la Corte Suprema de Justicia.

Los jueces Martín Laclau, Néstor Fasciolo y Juan Poclava Lafuente, de la Cámara de la Seguridad Social, revocaron un fallo de primera instancia que había denegado el beneficio. En aquella sentencia se había dejado claro que la mujer era “aportante irregular sin derecho”, dentro de las pautas estipuladas por ley.

Pero ahora el camarista Laclau afirmó que hay que “evaluar estos casos con extrema prudencia, habida cuenta de la naturaleza del beneficio que nos ocupa y del carácter alimentario del mismo” Por su parte, el juez Fasciolo señaló que el caso “revela una importante tasa de aportación que de no haber sido interrumpida por su prematuro deceso, le habría permitido superar con holgura los 30 años de servicios con aportes al cumplir los 65 años de edad requeridos para la prestación por vejez”.