El Banco Central deberá dar ‘conformidad‘ cuando se trate de contratos entre firmas vinculadas entre sí y las cuentas a pagar superen los 100.000 dólares por año.

La medida se aplica a operaciones por el pago de películas, recitales, primas de futbolistas y patentes. De esa manera, el Central debe dar ‘conformidad previa‘ para acceder al mercado de cambios cuando el prestador resida en el exterior y tenga un vínculo directo o indirecto con la parte local. La nueva comunicación, la A 5295, fue emitida el viernes y amplía a la A 5264, del 3 de enero.

Las actividades incluidas en la nueva circular son ‘servicios de información e informática; servicios empresariales profesionales y técnicos; regalías, patentes y marcas; primas por préstamos de jugadores; derechos de autor; servicios personales; culturales y recreativos; pagos de garantías comerciales por exportaciones de bienes y servicios; derechos de explotación de películas, video y audio extranjeras; servicios por transferencias de tecnología‘.

En todos esos casos, a partir de ahora y cuando el prestador sea un residente en el exterior vinculado ‘en forma directa o indirecta‘ con el deudor local es decir, que se trate de una casa matriz y su filial, de empresas distintas con los mismos directores u otras firmas que tengan participación recíproca, entre otros- ‘el acceso al mercado local de cambios (…) estará sujeto a la conformidad del Banco Central‘ cuando se trate de pagos o deudas superiores a cien mil dólares anuales.

Esto quiere decir que, en esos casos, las operaciones deberán contar con la aprobación del BCRA antes de completarse.