Tras promulgarse una ley provincial en junio de 2005, en San Juan quedó prohibido fumar en boliches, restoranes, cafés y otros espacios cerrados de propiedad privada, pero con concurrencia pública. Esos sitios fueron agregados a la lista de otros tantos sitios vedados a fumadores, tales como cyber, shoppings, cines y bancos, además de espacios públicos como oficinas y escuelas. La multa por violar esta norma tiene montos equivalentes al valor de 10 y hasta 100 litros de nafta común. También el Ejecutivo porteño promulgó una norma que prohibe fumar en lugares cerrados de acceso al público y espacios comunes tales como pasillos, baños, corredores, vestíbulos y escaleras, entre otros. En Santa Fe, Mendoza, Córdoba y otras tantas provincias se han aplicado normas para restringir el hábito. Pero todavía no existe una ley nacional antitabaco. Existe un proyecto, con dictamen en tres comisiones de la Cámara de Diputados, que prohíbe fumar en lugares públicos cerrados y la venta de cigarrillos a menores. Además, restringe la publicidad y exige advertencias sanitarias en cada paquete. Podría tener sanción definitiva a mediados de mayo. Ya había sido aprobada en el Senado en agosto del año pasado. La iniciativa cuenta con el visto bueno de las comisiones de Acción Social y Salud Pública, Comercio y Prevención de las Adicciones.
