ANSES ESTABLECE LIMITES A LOS PRECIOS Y TASAS
QUE COBRAN LAS MUTUALES A LOS JUBILADOS
BUENOS AIRES, nov 30 (DyN) – La Administración Nacional de la
Seguridad Social (ANSES) fijó una serie de parámetros que deberán
seguir las mutuales y cooperativas de todo el país "a fin de
asegurar y proteger los derechos" de los jubilados y beneficiarios de
la seguridad social, informó hoy el organismo.
La resolución será publicada mañana en el Boletín Oficial y
establece límites para la tasa máxima que pueden cobrar las
mutuales y cooperativas, explica la obligación de que las ventas de
bienes y servicios sean realizadas a precios de mercado y habilita la
posibilidad de precancelar las deudas bajo "un criterio adecuado".
El organismo destacó a través de un comunicado que el objetivo
es "proteger la integridad de las prestaciones de los
beneficiarios del sistema previsional, y garantizar que el nivel de ingreso
de los jubilados y pensionados no se vea afectado por precios de
bienes o tasas de interés indebidas".
La ANSES precisó que el mercado de los préstamos de mutuales y
cooperativas a jubilados opera un monto de alrededor de 200
millones de pesos mensuales, a razón de casi 2.500 millones pesos al
año.
"Esta medida apunta a reducir sustancialmente el costo
financiero de dichos créditos, a menos de la mitad", remarcó.
Las principales disposiciones que fija la norma son:
* Precios: Las mutuales y cooperativas autorizadas deberán
informar mensualmente a ANSES los valores de cada uno de los bienes o
servicios que adquieran los beneficiarios. Estos valores deberán
ser acordes a los del mercado minorista. El incumplimiento de ello
será pasible de penalidades.
* Tasas: Se fija un límite máximo para el costo de los
créditos, bajo la forma de costo financiero total (CFT), expresado como
Tasa Efectiva Anual (TEA), que permita determinar la cuota mensual
final a pagar por el afiliado de los créditos otorgados con código
de descuento, la cual incluirá los cargos, impuestos y otras
erogaciones. El CFT máximo se determinará por la tasa de interés anual
por préstamos al sector privado no financiero para préstamos
personales a tasa fija en moneda nacional a 180 días de plazo
(publicada por el BCRA), más siete puntos porcentuales anuales. La
vigencia de cada tasa máxima será de tres meses calendario.
* Precancelación: Las mutuales deberán permitir la
precancelación de deudas contraídas por hasta el importe del capital
adeudado, más los intereses calculados hasta esa fecha.
* Plazo: Las mutuales tendrán 60 días a partir de la fecha de
publicación de la resolución para adherir a los términos antes
citados.
Entre las acciones, también se dispuso ampliar la cantidad de
entidades que pueden recibir el código de descuento, a fin de
fomentar la competencia y la trasparencia en los créditos a jubilados
y reducir los costos.
"Las mutuales y cooperativas otorgan créditos cuyo CFT ronda
en promedio el 90 por ciento nominal anual, claramente por encima
de los estándares del mercado financiero", señaló.
Entre las entidades financieras adheridas al sistema de código
de descuento se encuentran varios bancos como el Nación
Argentina, Credicoop, Banco de la Provincia de Buenos Aires, Banco Ciudad,
Banco de Córdoba, y Banco de Santiago del Estero.
"En el caso particular del programa de Turismo de Adultos
Mayores (conocido como "Vamos de Paseo") el costo de los créditos se
redujo a menos de la mitad (de valores del 38 al 50 por ciento se
logró bajarlo al 17 por ciento)", subrayó.
El ente recordó que todo jubilado o pensionado que quiera
tomar un préstamo debe realizar el trámite ante la mutual, porque
ANSES no presta dinero, solo oficia de intermediario para que realicen
el descuento a través del recibo de cobro, y acotó que la cuota
mensual del crédito no puede superar el 40 por ciento de lo que
cobra en mano (haber neto).
MF MB
