En Argentina el primer proyecto de ley de divorcio vincular fue presentado en 1888 pero su tratamiento fue bloqueado sucesivamente por los sectores católicos y conservadores. En 1954, el presidente Juan Domingo Perón en su etapa de enfrentamiento con la Iglesia Católica impulsó un proyecto que fue transformado en ley. Como represalia el Papa excomulgó a varios legisladores peronistas. 

 

El golpe de estado conocido como Revolución Libertadora derogó la ley en 1955. En 1984 Argentina era uno de los pocos países en el mundo en el que no existía el derecho al divorcio vincular; en ese momento existían 3.000.000 de personas, un 10% de la población, separadas de hecho, inhabilitadas para volver a casarse legalmente.

 

 

Bajo el gobierno de Alfonsín fue presentado nuevamente un proyecto de ley de divorcio vincular, que fue sancionado como Ley 23.515 del 8 de junio de 1987 a pesar de una fuerte presión ejercida por la Iglesia Católica, incluso recurriendo a manifestaciones públicas, que no resultaron convocantes. La Iglesia presionó entonces al presidente Alfonsín para que vetara la ley, pero ello no sucedió.

 

La Comisión Episcopal Argentina discutió entonces la posibilidad excomulgar a los legisladores que votaran la ley, pero la idea no prevaleció. Sin embargo, el obispo de Lomas de Zamora, monseñor Desiderio Collino, excomulgó a los diputados de su diócesis.

 

 

La Iglesia Católica, que mantuvo siempre una tirante relación con el presidente Alfonsín, se mostró dividida frente a la ley de divorcio. Por otra parte, los sectores más abiertos de la Iglesia, mantuvieron una posición crítica sin ser intolerante, como el caso del obispo  Laguna que manifestó: “El divorcio es un mal, pero es un mal para los católicos, y no podemos imponer en una sociedad plural una ley que toca a los católicos. Son los católicos los que tienen que cumplirla y no el resto”.

 

A pesar de todas las críticas y resistencia, el 3 de junio de 1987,  el Congreso de la Nación aprobó la ley que permitió a los divorciados volver a contraer matrimonio, la que se mantuvo  hasta  agosto del 2015, fecha en la que empezó a estar en vigencia el nuevo Código Civil.-Hoy, gracias al divorcio express, la gente puede separarse rápidamente sin necesidad de ventilar intimidades a la justicia. Tampoco hay que esperar tres años para concretarlo como fijaba la ley anterior, sino que simplemente se comunica  mediante una presentación judicial el deseo de separarse.

 

 

 

Por otra parte, y no menos importante fue la sanción en 2010 de la Ley del matrimonio igualitario, que permite a dos personas del mismo sexo casarse.-
Actualmente,  y gracias a que el derecho se ha ido adaptando a los tiempos que corren,  es que conviven armoniosamente distintos modelos de familias ensambladas, monoparentales, y homoparentales.

 

Colaboración: Vanesa Débora Mestre / Abogada (Matrícula Provincial 3278- Matrícula Mendoza 6118 – Federal  T. 78- F. 316) / Tel: 2644189975