La Ley General de Vinos, Nro 14.878, fue sancionada en octubre de 1959 y promulgada en noviembre del mismo año. Es la misma ley que crea el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) como organismo de contralor.

En su artículo 22 señala que “queda prohibida la mezcla de productos importados entre sí y con vinos nacionales”. Con lo cual es ilegal el corte con el caldo importado desde Chile para la elaboración del nuevo producto.

Pero la misma ley también incluye, en su artículo 21, que el INV podrá suprimir, modificar o ampliar las correcciones o prácticas enológicas permitidas y establecer los límites legales de los componentes del vino.

Varios empresarios consultados dijeron que no sería desacertado pensar en una modificación de la ley de vinos ya que tiene casi 50 años y hoy que quedado fuera de época. “Cuando se hizo la ley el mundo era enorme, pero hoy las distancias son otras, las comunicaciones son otras y lo mismo la comercialización. Tendríamos que adaptarla a estos tiempos”, dijo un bodeguero que pidió reserva de nombre.