El director de Deportes de la provincia, Gustavo Álvarez, consideró que la ley Provincial de Deportes Nº 7.654 es suficiente a pesar de que no especifica qué tipos de estudios médicos son requisitos necesarios para certificar la aptitud práctica de una persona que quiera hacer una actividad deportiva.
Alvarez dijo que según la ley “todo deportista, cualquiera sea su condición, debe contar con un chequeo médico y/o cartilla sanitaria, y también debe tener un seguro. Ambas condiciones son obligatorias para que se encuentre habilitado para la practica deportiva. De hecho, en el artículo 19no figura que es obligatorio el examen médico preventivo predeportivo. Pero no determina qué tipos de estudios médicos se deben realizar a fin de asegurar el estado de salud de la persona que solicita un certificado médico”. Al respecto, el funcionario sostuvo que “no tiene sentido incluir en la ley de Deportes los tipos de estudios médicos obligatorios porque es responsabilidad del profesional médico determinar qué tipos de estudios se le debe solicitar a la persona”, agregó además que “para emitir una certificación médica es todo lo que el médico estime necesario requerirle al paciente, es decir, desde un historial clínico de la persona, antecedentes familiares. Y en función de eso requerir los tipos de estudios médicos”. Alvarez aseguró que la ley provincial de Deportes podría incluir esa especificación pero para eso debería ser reglamentada.
“El único que determina los tipos de estudios a realizarle a una persona que quiera hacer deporte, es el médico. Él define qué estudio sirve para asegurarle a esa persona que el estado de salud que tiene es satisfactorio para determinada práctica”, agregó el director de Deportes de la provincia.
Otro de los puntos que no aclara la ley es con qué frecuencia renovar un certificado médico y cada cuánto se debe renovar el certificado médico. Al respecto, Alvarez sostuvo que “los médicos dan el certificado por el día, porque no sabe ni puede asegurar cómo estará mañana. Ese es un tema a discutir. Nadie puede decir cuánto dura un certificado medico. No se puede poner por ley que un certificado médico tenga vigencia por un año, porque puede suceder que a la persona se le presenta alguna enfermedad en ese lapso. El certificado médico es relativo. Hay que relacionandolo con la edad. Se supone que a mayor edad el certificado debe debe ser más frecuente”.
La normativa contempla que es responsabilidad de las entidades inscriptas en el Registro Provincial de Instituciones Deportiva de que sus asociados que practiquen deportes cumplan periódicamente con el examen referido, como así también que no autorizar la participación de éstos que no acrediten haber cumplido con el examen médico predeportivo.
