La polémica sobre quién es el encargado del control de los animales sueltos, apuntó ayer hacia otro frente: el Ministerio de la Producción, competente en temas agrícolas y ganaderos. Es que una ley de 1998, la 6898, estableció entonces que el Ministerio de la Producción, Infraestructura y Medio Ambiente (desdoblado luego en Producción e Infraestructura) se encargaría del “decomiso de todo animal suelto y sin custodia en rutas y calles de la provincia, o a la vera de éstas, siempre que no existan vallas naturales o artificiales que impidan el acceso” a esas vías. La misma ley dispone la creación de una partida presupuestaria para dotar de transporte y lugares de depósito a los animales y todo lo necesario para cumplir la norma; la citación al dueño para que pague una multa (previa sanción judicial), los gastos de depósito y resuelva en 10 días el problema de la custodia del animal. Si no hay dueño, dice la ley, el animal se subastará.