La Cámara de Diputados convirtió ayer en ley el proyecto que incorpora al Código Penal el delito de desaparición forzada de personas, y que modifica también para ello el Código Procesal Penal, en una votación casi unánime (157 votos afirmativos y una abstención).
La iniciativa, que tenía media sanción del Senado desde el año pasado, crea un nuevo tipo penal: la privación de libertad de una persona cometida por un funcionario público o una persona que actúe con autorización, apoyo o aquiescencia del Estado.
Para ese ilícito se imponen penas de 10 a 25 años, y determina que cuando el desaparecido muere o es imposible su hallazgo, la pena será de prisión perpetua. Esa misma condena se aplicará en el caso de que la víctima sea una mujer embarazada, un menor, un mayor de 70, un discapacitado.
Por otra parte la Cámara Baja aprobó y envió al Senado un proyecto de ley que establece que la prescripción de delitos sexuales contra menores comenzará a contarse a partir de cuando la víctima cumpla 18 años. También le dieron luz verde, pasándolo a la Cámara Alta, al proyecto de modificación de la ley de quiebras, por la que se habilita la prioridad a los trabajadores para acceder al control de las empresas en crisis.
Sumando proyectos, los Diputados aprobaron debatir en la próxima sesión un proyecto regulatorio de la medicina prepaga iniciativa aprobada ya en el Senado.
Por su parte el Senado de la Nación comenzó a sesionar ayer cerca de las 14 y aprobó un proyecto de declaración para propiciar el acceso a la información sobre las instancias judiciales vinculadas a los procesos por delitos de Lesa Humanidad en las escuelas, Institutos de Formación Docente y Bibliotecas Populares. Además aprobaron el envío al Poder Ejecutivo de un informe de la Auditoría General de la Nación que señala posibles irregularidades en la distribución de fondos de la Administración de Programas Especiales a las obras sociales sindicales.
