El expresidente Mauricio Macri había impulsado una ley laboral para "acabar con la industria del juicio", pero el juez local Federico Soria había declarado la inconstitucionalidad de una parte de esa norma, por lo que se habían generado interrogantes sobre su validez, dado que había otros fallos en sentido contrario. Así, la Sala II de la Cámara Laboral, integrada por Guillermo Baigorrí, Germán Parra y Susana Raed de Rago, zanjó las dudas en una resolución al rechazar un planteo del abogado Ernesto Clavijo. Este último había solicitado en sede judicial la inconstitucionalidad de dos artículos de la normativa para pedir un monto mayor de indemnización por la incapacidad de un trabajador, aunque primero había pedido que se le pague lo que había fijado la Comisión Médica 26, pese a que en la instancia administrativa no lo había aceptado. Toda esa maniobra es lo que impide la ley, lo que fue ratificado por los camaristas en un expediente distinto al que tuvo Soria. Y como la sentencia de este juez es sobre un caso idéntico al que había iniciado Clavijo y será la misma sala la que deberá expedirse, fuentes calificadas explicaron que ya se sentó un precedente, al punto de que se mantendrá la misma postura y se confirmará la constitucionalidad de la ley.
En el fallo, los camaristas indicaron que el pedido de inconstitucionalidad fue rechazado porque "no se ha demostrado la manifiesta arbitrariedad, iniquidad (injusticia) o, en términos más generales, la irrazonabilidad del sistema", que se ha cuestionado. Además, dijeron que "la declaración de inconstitucionalidad de las normas constituye una de las funciones más delicadas susceptibles de encomendarse a un tribunal de justicia, configurando un acto de suma gravedad que debe ser considerado como última ratio (última razón) del orden jurídico".
El juez Soria había apoyado la posición de Clavijo al indicar que con la ley de Macri "existe un retroceso legislativo y, por lo tanto, una violación al principio de progresividad, dado que la nueva situación jurídica de los trabajadores es menos ventajosa que la anterior". Clavijo planteó el tema de la progresividad, por lo que los camaristas expresaron que "esa crítica es parcial y subjetiva, basada en una objeción más semántica que integral", definición que impactará en la resolución de Soria, indicaron las fuentes.
Por su parte, el fiscal de Cámara indicó que se debe dar "énfasis en el carácter restrictivo con el que debe valorarse la declaración de inconstitucionalidad de las normas" y, así, estimó "inoficioso" el pedido.