En espera. Alejandro Lazo, primero desde la derecha, fue condenado junto a Jorge Olivera y Gustavo De Marchi, entre otros, en el primer megajuicio por delitos de lesa humanidad. Está con prisión domiciliaria y salidas transitorias. 

 

El fallo contó con los votos de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkratz y Elena Highton. 

El fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la aplicación de la ley del 2×1 en el caso de un condenado por delitos de lesa humanidad abrió la puerta en todo el país. En la provincia, el abogado Marcelo Fernández Valdéz le pedirá hoy al Tribunal de Ejecución Penal que haga valer esa norma, la cual le dará la llave de la libertad a Alejandro Lazo, un exmilitar sentenciado a 10 años de cárcel por las torturas que ejerció contra la actual jueza Margarita Camus. La misma fue querellante en la causa y dijo que cuando le informen del planteo, lo rechazará. Además, calificó la resolución del máximo tribunal judicial como una jugada "política". Por su parte, el fiscal Federal Francisco Maldonado tampoco compartió el fallo, aunque evitó referirse al caso puntual de Lazo, sobre el que dijo que debe evaluarlo. Ambos coincidieron en que su aplicación no es obligatoria para los tribunales inferiores. 
El escenario se centra en Lazo porque que es el que recibió el castigo menor de los siete condenados en el primer megajuicio por delitos de lesa humanidad, aunque el resto y los que en un futuro puedan recibir una pena podrán hacer la presentación. 

La Corte Suprema, por mayoría, decidió que es válida la puesta en práctica de la conocida ley del 2×1 como norma penal más benigna a los condenados por delitos de lesa humanidad. La misma estuvo vigente desde 1997 hasta 2001 (cuando fue derogada) y computaba por dos cada día que una persona estaba presa con prisión preventiva, sin condena, por encima de los dos años. Si bien el máximo tribunal lo resolvió por un caso en particular, el resto de los represores ven con expectativas la realización de planteos para reducir las penas de sus castigos. 

En el caso de Lazo, fue condenado a 10 años de prisión por privación ilegítima de la libertad, tormentos agravados y ser parte de una asociación ilícita. El militar retirado goza del beneficio de la prisión domiciliaria y a principios de 2016, el Tribunal que sigue la ejecución de su pena le concedió las salidas transitorias por dos días a la semana, según informó Fernández Valdéz. El abogado señaló que el fallo de la Corte "cumple estrictamente con el principio de legalidad". En ese marco, aseguró que hoy pedirá la inmediata libertad de su defendido. Destacó que Lazo lleva detenido seis años y cinco meses y que de acuerdo a la instrumentación de la ley del 2×1, "el cómputo arroja que ya superó los años de su sentencia". Si bien la norma fue derogada, explicó que el máximo tribunal consideró que es aplicable por tratarse de una ley más benigna para el condenado, en base al precepto establecido en el Código Penal. 

Por su parte, Camus criticó el fallo y dijo que "desde lo jurídico es pésimo y su fundamentación es forzada. Es una resolución política para aliviarle la tarea al titular del Ejecutivo nacional para que no tenga que indultar a los represores". Además indicó que el 2×1 no es aplicable porque ninguno de los condenados estuvo detenido mientras duró la vigencia de la norma.  

El fiscal Maldonado coincidió en ese punto, y si bien evitó pronunciarse sobre el planteo de Lazo, es de esperar que se oponga.