Pese a que la Corte de Justicia de San Juan respaldó constitucionalmente la ley de costas por su orden que impulsó el giojismo, la discusión por los efectos que genera sigue abierta. La norma establece que en los juicios en los que esté involucrado el Estado, cada parte le deberá pagar a su abogado independientemente de quien gane, mientras que antes se hacía cargo el perdedor. Luego de que DIARIO DE CUYO diera a conocer en forma exclusiva la resolución del máximo tribunal, el Gobierno celebró ayer el fallo, mientras que el Foro de Abogados lo rechazó, al punto de que buscará nacionalizar el debate en la reunión que en diciembre tendrá la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA).

El Ejecutivo impulsó la norma con el objetivo de cuidar las arcas provinciales frente a lo que considera una industria del juicio. Por un lado, apuntó a no pagar honorarios ajenos y por otro, a frenar la litigiosidad contra el Estado, sobre todo de aquellos profesionales que buscan sacarle plata con cualquier excusa. El gobernador José Luis Gioja aseguró que “es una ley absolutamente necesaria y de estricta justicia, porque el Estado no es el tío rico al que hay que sacarle todo a cualquier costo. Cualquiera puede hacer un planteo, por más irrisorio que sea, y si el Estado pierde o gana, siempre tiene que pagarle a los abogados. No es así”. Por su parte, el fiscal de Estado, Guillermo De Sanctis, celebró la resolución e irónicamente dijo que “atenta contra los bolsillos de los abogados”.

Sin embargo, Alfredo Mergó, titular de la entidad que nuclea a los profesionales, insistió que la ley de costas por su orden es inconstitucional porque “en primer lugar, afecta el derecho de propiedad”. En ese punto, explicó que cuando un particular es víctima de un abuso por parte del Estado, se ve obligado a demandarlo y si gana el juicio, tiene que pagarle de su bolsillo al abogado, cuando antes lo hacía el Estado. Además, agregó que “el artículo 20 rompe con el principio de igualdad, ya que el Estado queda en una situación de privilegio. El principio general es el que pierde paga, pero acá tiene el privilegio de no tener que responder frente a cualquier ciudadano común en cuanto a los honorarios de su abogado”. Por eso, resaltó que “llevaremos el tema a la FACA, para que lo estudie y saque una declaración. No tenemos dudas cuál es la posición que va a adoptar, ya que es claramente inconstitucional”.

La posición de Mergó es la misma que tomó el Foro de Abogados al momento de sancionarse la ley, cuando Marcelo Bustos era el presidente. En aquel momento, fue el primero en poner el grito en el cielo. La institución sostuvo que se privilegiaba al Estado, al no tener que responder igual que cualquier ciudadano de a pie cuando pierde un litigio judicial. Desde el Gobierno salieron a responderle, al afirmar que los particulares quedan en la misma condición, porque si son vencidos sólo deben abonar los honorarios de sus propios letrados y no los de la provincia.

De hecho, De Sanctis destacó ayer, además, que no se vulnera el derecho de propiedad porque el cliente tenga que pagarle a un abogado. Además, dijo que la Corte Suprema de Justicia impone costas a su orden en materia previsional, es decir, a los jubilados.