Desde Fiscalía de Estado no sólo le enviaron documentación e informes sobre el dique El Tambolar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sino que también le presentaron un escrito, el cual se convirtió en la primera defensa en sede judicial de la obra hidroenergética, la que viene siendo cuestionada por La Pampa. En una enérgica y contundente respuesta, el organismo que defiende el patrimonio local destacó que, en base a un informe técnico del Departamento de Hidráulica, el río San Juan nace y muere dentro del territorio provincial, por lo que no hay un conflicto interjurisdiccional, es decir, entre distritos. Por lo tanto, la construcción del dique no afecta ningún curso de agua hacia suelo pampeano ni a la llamada Cuenca del Desaguadero, explicó el fiscal de Estado, Jorge Alvo.
La causa representa la primera embestida judicial de La Pampa contra una obra de la provincia, pese a que sobre el río San Juan ya se han construido tres diques: Ullum, Caracoles y Punta Negra. Sobre estos embalses nunca hubo ni una acción de amparo ni una demanda, sólo alguna eventual queja a través de declaraciones públicas. En el caso de El Tambolar, el exgobernador pampeano Carlos Verna había presentado en octubre de 2018 un amparo ante la Corte Suprema, que es el ámbito en el que se dirimen los conflictos entre provincias. En mayo pasado, el máximo tribunal judicial del país le requirió a la provincia informes sobre la obra, lo que en La Pampa fue reflejado como un triunfo, cuando se trató de un paso previo de los supremos para contar con información para recién empezar a analizar el tema.
Alvo informó que enviaron seis anexos de documentación de Energía Provincial Sociedad del Estado (EPSE) sobre la operación y financiamiento del dique, 14 cuerpos sobre la declaración y evaluación del impacto ambiental desde el inicio de la obra y el informe técnico de Hidráulica sobre el alcance exclusivamente local del río San Juan. En ese marco, en Fiscalía de Estado aprovecharon para mandar un resumen de la postura judicial, la que se explayará si la Corte Suprema le traslada la demanda, si es que no archiva el planteo pampeano.
Alvo indicó que La Pampa cuestiona que la obra de El Tambolar no cumple con la ley de Obras Hidráulicas de la Nación y la ley General del Ambiente, que establece que debería haberse realizado una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) en la Cuenca del Desaguadero, que incluye a provincias como San Luis. En su escrito, el fiscal de Estado remarcó que la construcción del dique es financiada con recursos provinciales, provenientes de un fideicomiso que se alimenta con parte de la venta de la energía que producen Caracoles y Punta Negra, a través de un convenio firmado con la Compañía Administradora de Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA). Al tratarse de fondos locales, no se aplica la ley nacional de Obras Hidráulicas, expresó Alvo, además de destacar que el Gobierno nacional informó en dicho expediente que no se trata de una obra bajo su órbita, lo que avala la postura sanjuanina.
Por otro lado, el fiscal de Estado hizo hincapié en que el río San Juan nace en la cordillera y muere en la laguna de Guanacache, por lo que resaltó que es de aplicación la legislación provincial (la 504-L y la 513-L), que "maximiza la ley de presupuestos mínimos que es la norma General de Ambiente de la Nación". Este punto está establecido en la Constitución nacional, que indica que la Nación dictará las normas con los presupuestos mínimos de protección, mientras que las sancionarán aquellas que sean complementarias.
Otra embestida
La Pampa también presentó una demanda para que San Juan integre el Comité de Seguimiento de la Cuenca del Río Desaguadero, aunque en Fiscalía de Estado aseguran que la provincia no forma parte de dicha cuenca.