En Fiscalía de Estado, al mando de Jorge Alvo, definieron la estrategia contra el amparo que presentó La Pampa que busca frenar la construcción del dique El Tambolar. El organismo que defiende los intereses locales indicará, una vez que sea notificada, que la Corte Suprema de Justicia de la Nación no es competente para intervenir en el planteo pampeano. El argumento se basa en que el río San Juan no es interjurisdiccional, es decir, no sale de la provincia, por ende, no integra la Cuenca Desaguadero, tal como lo sostiene el gobernador Carlos Verna. Al no traspasar los límites provinciales y no existir un conflicto entre jurisdicciones, la apuesta es a que el tema quede circunscripto al ámbito sanjuanino y sus decisiones, en el que el máximo tribunal judicial del país no tendría injerencia.
La demanda iniciada por La Pampa no es sólo contra San Juan sino que también incluyó al Gobierno nacional. La embestida fue realizada el jueves por el Procurador General de Rentas de esa provincia, Hernán Pérez Araujo. El funcionario indicó al diario La Arena que "lo que ha hecho La Pampa fue presentar una demanda de amparo ambiental con una medida cautelar, solicitando a la Corte que se paralice la obra y todos los trámites tendientes a su realización", hasta tanto se cumplan con una serie de requisitos exigidos por normativa nacionales. El procurador hizo referencia a la ley General del Ambiente, la de Régimen de Gestión Ambiental de Aguas y lo normado por la ley de Obras Hidráulicas, que establecen que es necesario llevar adelante audiencias públicas en las provincias y una evaluación de impacto ambiental integral por una obra que afecte a más de una jurisdicción.
Las autoridades pampeanas entienden que el río San Juan integra la cuenca del Desaguadero y nutre al río Salado, tal como lo hace el río Atuel de Mendoza. Incluso, La Pampa inició un planteo similar contra la vecina provincia en el que tuvo un fallo favorable por parte de la Corte Suprema, que obligó a Mendoza a asegurar un caudal mínimo sobre el río para mantener el ecosistema de La Pampa. Lo mismo exigen para el caso de San Juan. Al margen de este escenario, el máximo tribunal ya intervino en causas de conflictos de competencia en San Juan (ver aparte).
Según indicó el fiscal de Estado local, la diferencia con Mendoza es que con el río San Juan "no hay un aporte gradual y permanente en el río Desaguadero, por lo que los estudios ambientales que reclama La Pampa son los que ya ha hecho San Juan para ejecutar la obra".
La movida de La Pampa se produjo luego de que el 23 de agosto se realizara la reunión de la Comisión del Desaguadero, en la que las autoridades locales volvieron a rechazar la constitución del Comité de Cuenca, porque consideran que la provincia no pertenece a esa zona. Además, según publicaron distintos medios, como el gobernador Verna no tuvo respuesta por parte de Nación al reclamo que hizo por el avance de la licitación del dique sanjuanino, fue lo que lo empujó a realizar el planteo ante la Corte Suprema.
Luego de varios amagues, es la primera vez que La Pampa llega a la máxima instancia judicial del país por un dique sanjuanino, ya que sostiene que las presas le limitan recursos hídricos a su jurisdicción. Antes había encarado reclamos sólo ante Nación. Lo hizo con los embalses Los Caracoles, Punta Negra, Ullum y también con Cuesta del Viento, el cual está ubicado en Iglesia. En ninguno de los casos anteriores tuvo respuesta de las autoridades nacionales.
Fallos de la Corte Suprema
Por Veladero
En mayo de 2016, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió separar el juez federal Sebastián Casanello de la investigación por el derrame en la mina Veladero. El máximo tribunal señaló que la Justicia sanjuanina es competente para investigar lo ocurrido en Iglesia y dispuso que Casanello solamente podía investigar la responsabilidad de los funcionarios nacionales que intervinieron. Así, el magistrado porteño procesó al exsecretario de Minería de la Nación, el sanjuanino Jorge Mayoral; al exsecretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Sergio Gustavo Lorusso, y a la exsubsecretaria de Control y Fiscalización Ambiental y Prevención de la Contaminación, Beatriz Domingorena.
Por el río Atuel de Mendoza
En mayo pasado, la Corte Suprema fijó un plazo de 90 días para que el Estado nacional y las provincias de Mendoza y La Pampa lleguen a una solución en el conflicto por el uso del caudal del río Atuel. Hasta el momento, las partes no han llegado a una solución, pese a que ha habido reuniones y diferentes propuestas. La medida del máximo tribunal, de ordenar a las partes a llegar a un acuerdo, es el resultado del juicio que el gobernador pampeano Carlos Verna realizó en 2014, cuando reclamó que Mendoza había encarado obras que perjudicaron a su provincia, limitando el recurso hídrico del río Atuel, que nutre al río Salado y que integra la Cuenca del Desaguadero.