Buenos Aires, 29 de octubre.-La asignación universal por hijo anunciada hoy por el gobierno a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU) se percibirá a partir del primero de noviembre a los grupos familiares que "estén desocupados o se desempeñen en la economía informal".
Quedan exceptuados de percibir esa ayuda los trabajadores
informales que cobren "una remuneración superior al salario mínimo, vital y móvil" y los beneficiarios de "prestaciones Contributivas o No Contributivas nacionales, provinciales, municipales o de la ciudad autónoma".
Los siguientes son los principales puntos del decreto 1062
firmado por la presidenta Cristina Kirchner y que, por ser DNU, fue
acompañado por la rúbrica de todos los miembros del gabinete tal
como lo determina la Constitución Nacional para estos casos.
– Promueve "una prestación monetaria no retributiva de
carácter mensual" que, según adelantó la presidenta Cristina Fernández está establecida en 180 pesos.
– La asignación se abonará "a uno solo de los padres, tutor,
curador o pariente por consaguinidad hasta el tercer grado, por
cada menor de 18 años que se encuentre a cargo o sin límite de edad cuando se trate de un discapacitado: en ambos casos, siempre que no estuviere empleado, emancipado o percibiendo alguna de las prestaciones previstas en la ley 24.714" (de asignaciones familiares).
– Los requisitos para acceder es que el menor "sea argentino,
hijo de argentino nativo o por opción, naturalizado o residente,
con residencia legal en el país no inferior a tres años previos a
la solicitud" y acreditar con DNI tanto su identidad como las del
titular del beneficio.
– Acreditar el vínculo entre el beneficiario y el menor
mediante partidas de nacimiento y, en el "caso de adopción, tutelas y curatelas los testimonios judiciales pertinentes", en tanto se requerirá que "la autoridad competente" certifique la discapacidad.
– Se deberá acreditar el cumplimiento de los controles
sanitarios y de vacunación hasta los cuatro años de edad "inclusive" y a partir de los cinco y hasta los 18 se sumará la constancia de escolaridad.
– El decreto establece que se pagará sólo el 80 por ciento de
los 180 pesos del beneficio y el 20 por ciento restante será
reservado en una Caja de Ahorro a nombre del titular en el Banco
Nación, percibido a través de tarjetas magnéticas, emitidas por el banco sin costo.
– La acumulación del 20 por ciento del beneficio podrá
cobrarse cuando se acredite en los menores de 5 años los controles sanitarios y de vacunación. A partir de esa edad se sumará como requisito el certificado de escolaridad y se perderá el beneficio si no hay constancia de estos requisitos.
– El beneficio se cobrará mensualmente a través del sistema de pagos de la Administración Nacional de la Seguridad Social
(ANSES) y se abonará por cada menor acreditado por el grupo familiar hasta un máximo de 5 menores.
