Antecedente. Mónica Sefair, a la izquierda, fue designada por el fiscal General Eduardo Quattropani como Coordinadora de la Defensa en el sistema de Flagrancia para que haya una independencia técnica sin violentar la Constitución.

 

Por disposición de la Constitución provincial, el fiscal General de la Corte no sólo es la máxima autoridad de los fiscales sino también de los defensores oficiales. Y también ejerce lo que se llama la superintendencia sobre ambos, es decir, su administración y sanción, entre otras funciones. Tal incumbencia se trató de un error constitucional para muchos, que quedará aún más en evidencia cuando a mitad del año que viene empiece a rodar el sistema acusatorio. Es que los fiscales llevarán adelante la investigación de los hechos delictivos y la acusación contra los sospechosos, por lo que queda como contradictorio que los funcionarios que estén a cargo de la defensa pública se encuentren bajo las directivas del jefe de los investigadores. Por eso, una comisión supervisada por los cortistas Guillermo De Sanctis y Adriana García Nieto y el propio fiscal General, Eduardo Quattropani, está elaborando un proyecto de ley para independizar técnica y funcionalmente la Defensa de Fiscalía sin alterar el mandato constitucional.

La iniciativa camina a estar lista en febrero para que el máximo tribunal la envíe a la Cámara de Diputados para que sea debatida y se logre su aprobación. El tema central de la futura ley es no colisionar con lo que dice la Constitución en el artículo 202: "El Fiscal General de la Corte de Justicia ejerce superintendencia sobre los demás miembros que componen el Ministerio Público". Entre ellos se encuentran los defensores. Lo que se está barajando es la creación de una coordinación independiente de la Fiscalía General, que se encargará de la dirección técnica, la disposición del personal, el otorgamiento de licencias y la aplicación de sanciones. En última instancia y ante la presentación de un recurso, intervendrá el fiscal General, para que no pierda el ejercicio de la superintendencia.

La sanción de una ley es vista como el camino más accesible, dado que un cambio en la carta magna implica un procedimiento extenso para un tema cuya modificación no pone en riesgo ninguna garantía constitucional sino que apunta a subsanar un error, explicaron las fuentes. Para hacer un retoque a un artículo, como en este caso, se encuentra el mecanismo de la enmienda, el cual requiere el voto de los dos tercios de la totalidad de los miembros de la Cámara de Diputados, más la aprobación en una consulta popular.

La comisión que viene trabajando el proyecto está conformada por los defensores Mónica Sefair, Daniela Riveros, Carlos Reiloba y Facundo Gil. Las fuentes aseguraron que el objetivo es asegurar la independencia técnica y la organización funcional y administrativa de los defensores, en la medida de lo posible dado el artículo constitucional.

Ese escenario contradictorio tuvo su antecedente con la implementación del procedimiento de Flagrancia, el sistema de juicios exprés para delincuentes atrapados con las manos en la masa, cuya investigación está en poder de los fiscales. En ese caso, Quattropani sacó una resolución en la que designó a Sefair como Coordinadora de los defensores en ese mecanismo. En el nuevo proyecto, el futuro coordinador (del que aún no se define cómo será designado) estará a cargo de todos los defensores.

 

Cantidad

Despliegue

El Poder Judicial cuenta con 15 defensores oficiales: tres penales, cinco civiles y de familia, dos de menores, cuatro de Flagrancia y uno en la Segunda Circunscripción Judicial, en Jáchal.