Por segunda vez en la misma causa, la Justicia Federal procesó al ex intendente de Capital Alfredo Avelín Nolléns por evasión al fisco y al secretario General del gremio municipal, Pascual Manchineles, como partícipe primario del mismo delito. La resolución se debe a que en su gestión, el cruzadista firmó un convenio con el sindicalista en el que se les imputa haber cambiado la naturaleza de una deuda salarial millonaria y obviar el pago de aportes y contribuciones por algo más de 450 mil pesos. El delito es excarcelable, por lo que no irían presos si son condenados.

La medida la dictó el juez Leopoldo Rago Gallo y se conoció ayer en la tarde. El magistrado ya los había procesado por el mismo hecho en el año 2007, pero la Cámara Federal de Mendoza revocó esa resolución y declaró la falta de mérito, lo que obligó a seguir investigando. Y en la continuidad de la instrucción, el juez encontró nuevos elementos que lo llevan a concluir que una vez más se justifica el procesamiento.

En los fundamentos, el magistrado destaca que Avelín Nolléns reconoció una deuda salarial con los trabajadores de casi 3 millones de pesos y para pagarla, en 2003 suscribió un convenio con Manchineles y "a sabiendas”, cambiaron el objeto y acordaron el pago en concepto de "daños y perjuicios”. La diferencia entre una figura y otra es sustancial. Sucede que una deuda salarial conlleva pago de aportes jubilatorios a la Anses; mientras que la otra no implica ninguna obligación con el Estado.

La causa se inició en 2004, cuando el por entonces intendente Enrique Conti denunció el convenio suscripto por su antecesor por considerar que era irregular. El bloquista siguió pagando, pero tomó recaudos legales y aclaró que si la Justicia lo determinaba, el municipio iba a cancelar la deuda previsional.

La deuda con los municipales se originó por diferencias salariales en los años 98-99, bajo la gestión del justicialista Daniel Coll, y motivó que el gremio demandara al municipio en la Justicia provincial. La obligación fue heredada por el cruzadista, que cuando asumió llegó a un acuerdo con el gremio a través de la firma del convenio de la polémica.

En este caso, Rago Gallo incorpora como elementos nuevos las declaraciones testimoniales de abogados del municipio que dijeron que habían advertido sobre la "ilegalidad” del cambio de objeto. Entre otros, Roberto Noguera y Juan Sardiña, ambos empleados de la Asesoría Letrada del municipio. Con esto, el magistrado intenta demostrar que los involucrados actuaron con dolo -intención-, porque "tenían cabal conocimiento de las consecuencias y siguieron adelante”.

Aunque en procesamiento no figura monto algunos, anteriormente había trascendido de fuentes judiciales que Avelín Nolléns alcanzó a pagar 975 mil pesos de la deuda y que la evasión asciende a 453 mil pesos.

El delito de evasión de aportes y contribuciones está tipificado en el artículo 7 de la Ley Penal Tributaria y contempla penas de dos a seis años de prisión. Al ser la mínima menor a tres años, el delito es excarcelable y si los procesados son condenados, no deberán cumplir la pena en forma efectiva.