La Justicia ordenó al Gobierno que deposite en un plazo fijo los fondos de un ex afiliado a una AFJP que provenían de aportes propios, hasta que se dicte la reglamentación sobre ese punto en el marco de la estatización del sistema dispuesta por la administración nacional, se informó hoy en Tribunales. La medida fue dispuesta por la Sala III de la Cámara de la Seguridad Social, que hizo lugar a una medida cautelar del ciudadano e impuso la acción a la ANSES. En tal sentido, el Tribunal ordenó depositar en un plazo fijo "bajo apercibimiento de embargo" los fondos del ex afiliado "que estaban en su cuenta personal y que provenían de aportes propios".

En un comunicado, el Centro de Información Judicial (CIJ) dijo que "el tribunal hizo lugar a una medida cautelar solicitada por el beneficiario en diciembre de 2008 luego de que el juzgado de primera instancia número 8 del fuero desestimara el pedido".

"El reclamo se basa en un monto conformado por aportes voluntarios del demandante, decisión prevista en los artículos 56 y 57 de la ley 24.241, que reglamentaba el régimen de capitalización, hasta que fue derogada en diciembre último", añadió.

Así, los jueces, en voto dividido, sostuvieron que "hasta el presente no han sido dictadas ni la reglamentación que regule la gestión de las imposiciones voluntarias y/o depósitos convenidos realizados por el demandante para mejorar su haber previsional por parte de ANSeS, ni las normas que posibiliten la reconversión del objeto de las AFJP al nuevo fin".

El fallo destaca también que "no ha sido reconocido derecho alguno al afiliado que acreditó en su Cuenta de Capitalización Individual aportaciones adicionales a las obligatorias para acceder a mejores ni distintas prestaciones que aquel otro que permaneció en reparto, o, incluso, que aquel que habiendo elegido el régimen de capitalización no realizó cotización adicional alguna al margen del aporte obligatorio".