En la municipalidad de Caucete, que conduce Romina Rosas, reconocen que deberán enfrentar un castigo millonario por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por falencias de una gestión anterior. El organismo nacional realizó una auditoría sobre el ejercicio 2015 y encontró anomalías al detectar que la administración de ese entonces no pagó el impuesto a las Ganancias Salidas no Documentadas. Es decir, que existieron facturas truchas que fueron presentadas para justificar el pago de servicios, según la causa, dado que hubo gastos que no tenían documentación o que encuadraban como apócrifas. El monto de la irregularidad fiscal supera por poco los 530 mil pesos, por lo que desde la comuna calculan que el castigo puede alcanzar los 3 millones de pesos, ya que a la cifra se le debe sumar una multa y los intereses de seis años. La intendenta indicó que, una vez cancelada la deuda, que seguramente saldrá de un plan de pago, desde el municipio iniciarán los trámites legales para ir contra los responsables que estuvieron en el manejo de las cuentas para recuperar el dinero, incluido el exintendente Juan Elizondo, si es que así se llegase a comprobar.

La causa de la AFIP contra la municipalidad de Caucete salió a la luz luego de que la entidad nacional iniciara a principio de año una acción penal en la Justicia Federal por incumplimiento de la ley Penal Tributaria, la que establece castigos como "prisión de dos a seis años" al que, "mediante declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid o engaño, sea por acción o por omisión, evadiere total o parcialmente el pago de tributos al fisco nacional". Dicha causa no prosperó, ya que, en 2017, la normativa fue modificada y se elevaron los pisos de la evasión simple, dado que de los 400 mil pesos se pasó a 1,5 millones de pesos. Así, los posibles involucrados fueron favorecidos por la aplicación de la ley penal más benigna, ya que, si bien los 530 mil pesos fueron detectados en el ejercicio 2015, son menores a la nueva base mínima para avanzar con una causa penal. No obstante, fuentes judiciales indicaron que es un hecho que la AFIP iniciará un juicio ejecutivo para recuperar el monto no tributado. De ahí el castigo que se le avecina a Caucete.

Según el expediente, fueron cinco las contrataciones de servicios que figuraron en el ejercicio fiscal de Caucete con órdenes de pago cuyos "comprobantes respaldatorios provenían de proveedores apócrifos". Las firmas Frutos Agro Andino SRL, Jorge Nicolás Heredia, Pedro Rodrigo Bustos, José David Núñez y Claudio Díaz Tascheret fueron catalogadas por la AFIP como "usinas sin capacidad económica ni financiera, ocasionando un perjuicio al Estado". Así, la evasión alcanzada fue de 531.650,44 pesos. Al ser consultada sobre la causa, la intendenta Rosas fue categórica al indicar que, una vez que se produzca el pago de la deuda, "vamos a tomar las medidas que corresponden para iniciar las acciones legales y recuperar los montos que paguemos". Además, indicó que lo de la gestión de Elizondo no fue lo único, ya que también hay cancelaciones a la AFIP por impuestos impagos que debió afrontar de la gestión del exintendente Julián Gil. En esa línea, el secretario de Hacienda, Ariel Farrán, destacó que figuran intimaciones de pago por retenciones de Ganancias a empleados en relación dependencia y a proveedores (ver recuadro), mientras que el abogado de la comuna, Cristian Saffe, sostuvo que se encuentran analizando los pasos a seguir.

 

Evasión fiscal

531 mil pesos fueron detectados como evadidos en el ejercicio fiscal de 2015. La AFIP catalogó a los proveedores como "usinas sin capacidad económica ni financiera".

 

Otros expedientes en la mira

Desde el área contable de Caucete indicaron que existen varios mandamientos de pago de la AFIP. El primero es por 103.537,64 pesos referido a boletas de pago por impuesto impagos. Entre ellos se destaca el de retenciones de Ganancias a proveedores en septiembre de 2012 por casi 37 mil pesos, sin contar intereses y costas. También retenciones de Ganancias a empleados en relación de dependencia correspondiente a abril de 2015 por 39.085,01, también sin contar intereses y costas. Por la gestión de Gil, la AFIP intimó cancelaciones de boletas por impuesto impagos por un total de 165.764,46 pesos, entre los que se destaca retenciones de Ganancias a empleados en relación de dependencia por mayo de 2019 por 112.803,72 pesos, más 2.403,46 pesos en intereses, indicaron desde el municipio.

 

Leyes tributarias

La ley penal tributaria fue modificada en 2017. La misma establece dos tipos de delitos: evasión simple y agravada. La primera establece "prisión de dos a seis años el que mediante declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas, o cualquier otro ardid o engaño, sea por acción o por omisión, evadiere total o parcialmente el pago de tributos al fisco nacional, siempre que el monto excediere los 1.500.000 pesos, por cada tributo y por cada ejercicio anual. El segundo tiene una pena que va de tres años y seis meses a nueve años, cuando el monto supere los 15 millones de pesos. A su vez, en 2019, el presidente Alberto Fernández impulsó una ley que establece beneficios (zafar de la investigación penal) para los contribuyentes que cancelen sus obligaciones con el fisco, incluidos los de procesos judiciales.

 

Claves de la causa

 

Inicio

La causa se disparó el 23 de marzo de este año, cuando la AFIP presentó una denuncia contra la municipalidad de Caucete por las irregularidades detectadas en el ejercicio fiscal de 2015. El expediente llegó a la Cámara de Apelaciones de Mendoza, la que definió archivar la causa penal.

 

Decisión

La Justicia definió que se debía aplicar la ley más benigna, ya que el piso para iniciar una causa penal por evasión fiscal simple se modificó y pasó de los 400 mil pesos a los 1,5 millones de pesos. El cambio se produjo en 2017, mientras que la irregularidad fue en 2015.

 

Proveedores

Fueron cinco los proveedores con contrataciones de servicio con órdenes de pago cuyos comprobantes eran apócrifos. Los documentos pertenecían a Frutos Agro Andino SRL, Jorge Nicolás Heredia, Pedro Rodrigo Bustos, José David Núñez y Claudio Díaz Tascheret, según indicó la AFIP.