La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza se convirtió ayer en el primer tribunal de segunda instancia en avalar ayer la suspensión de la Ley 26.522 de Medios Audiovisuales, al ratificar una medida en ese sentido dictada por una jueza de primera instancia en diciembre pasado.

La norma fue aprobada en octubre de 2009 por el Congreso en medio del rechazo de un sector de la oposición y de los grandes grupos de medios del país.

En coincidencia con el fallo de la jueza Olga Pura de Arrabal y ante la apelación del Gobierno nacional, la Cámara consideró que "aparecen vicios de ilegitimidad, arbitrariedad y gravedad institucional" en el proceso de sanción de la ley, tal como había planteado el diputado nacional por el peronismo disidente Enrique Thomas en su presentación judicial.

Esta situación, agregó, "aconseja mantener el estado de suspensión en la aplicación y actos de ejecución del referido texto legal mientras se sustancia el principal", es decir, la supuesta inconstitucionalidad de la norma señalada por Thomas.

De todas formas, indicó la Cámara, su medida no está vinculada con el fondo de la cuestión, que es el pedido de declaración de inconstitucionalidad de la ley.

Pero advirtió en el fallo que "el desconocimiento o apartamiento de pautas esenciales del Reglamento" de la Cámara de Diputados en la sanción de la norma "permiten presumir la posibilidad de una sentencia sobre el fondo del asunto, que haga lugar a la nulidad e inconstitucionalidad de esa ley".

El pronunciamiento emitido ayer lleva la firma de los camaristas Otilio Roque Romano, Alfredo López Cuitiño y Julio Demetrio Petra.

La Cámara estimó que existen elementos que "permiten arribar a la conclusión" de que al diputado Thomas "se le habían violado sus fueros parlamentarios y fue privado de ejercer el derecho-deber de intervención como legislador en el trámite de sanción de la ley 26.522".

Esto, agregaron los jueces, "conlleva la violación de derechos constitucionales que lo asisten como representante del pueblo".

Los camaristas consideraron que la denuncia de Thomas "está debidamente fundada" y que los hechos expuestos por el diputado "se encuentran probados de conformidad a las pruebas ofrecidas por las partes y que este Tribunal ha examinado".

"De tal manera, la no suspensión de la implementación de actos concretos de ejecución y aplicación de la ley cuestionada, impulsados por el Poder Ejecutivo irrogará, en definitiva, un perjuicio de innegables consecuencias", agregaron en su resolución de 33 páginas.

En el fallo de primera instancia, la jueza Arrabal consideró que habrían existido irregularidades en la sanción de la ley y que, además esa norma, "dispone y decide aspectos que exceden la mera regulación de medios de radiodifusión, reglando aspecto que hacen a la libertad de prensa".

La ley ya fue suspendida por otros jueces federales de primera instancia pero ésta es la primera vez que resuelve sobre el tema una Cámara.