La Obra Social Provincia (OSP) se había comprometido a comprar un medicamento costoso para tratar la fibrosis quística de una adolescente, el cual evitará el trasplante de pulmón y el riesgo sobre su vida. Pero, en una resolución, decidió dar marcha atrás y le sugirió a la madre de la menor la cobertura con otro tratamiento. Tras la negativa, la mujer acudió a la Justicia con un amparo para que la entidad se haga cargo del remedio. Luego de la notificación de la embestida judicial, la entidad accedió al reclamo y, también, a realizar el trámite para su adquisición, como pedir cotización al proveedor, hacer el encargo y pagar el envío. La decisión no es menor, ya que se trata de un medicamento que tiene un costo aproximado de 300 mil dólares al año. Según la cotización del dólar oficial, son 30 millones de pesos anuales o 2.500.000 pesos por mes.

El caso es el de Lourdes, quien tiene 16 años. A los seis años fue diagnosticada con fibrosis quística, una enfermedad genética, potencialmente mortal, que le ha ocasionado un severo compromiso al aparato respiratorio y síndrome de mala absorción intestinal, entre otras complicaciones. Según había indicado su madre, Marisel Hidalgo, su cuadro derivó en que tenga que ser internada cada vez con más frecuencia. Como la enfermedad afecta al pulmón, uno de los tratamientos es el trasplante, pero en los últimos años se dio a conocer una droga llamada Trikafta, la que, según una publicación de octubre del año pasado, el laboratorio Vertex Pharmaceuticals Inc le puso un precio de 311.503 dólares por año.

En la provincia hay al menos unos 20 casos de chicos que padecen fibrosis quística.

El caso de Lourdes se hizo público en marzo pasado cuando su imagen se viralizó con el pedido para que la obra social apruebe la compra del medicamento. El abogado de la madre, Marcelo Arancibia, dijo que "se ha perdido mucho tiempo porque el trámite en la entidad ha durado 150 días". Según explicó, Marisel había pedido la cobertura por indicación de los médicos del hospital Notti de Mendoza y, si bien en un principio se lo otorgaron, "luego se emitió una resolución indicando que la auditoría médica de la OSP había decidido un tratamiento alternativo, que no corresponde". Por eso, decidieron presentar un amparo en la justicia. Marisel dijo que "hicimos el pedido a fines de diciembre. Pasaron tres meses sin respuesta, por lo que en marzo envié una carta documento. Después, hice una publicación en las redes sociales haciendo un descargo. Luego, se comunicaron desde la OSP y se comprometieron a la cobertura del medicamento. Pasó un mes y me llegó una notificación en la que me pedían que eligiera entre tres medicamentos que están en el país, pero mi hija necesita, sí o sí, uno importado, porque se trata de un modulador genético muy específico que no se fabrica acá. Informé esa situación y, sin respuesta, ahí tuvimos que presentar un amparo".

La causa ingresó al Juzgado Civil Nº8, a cargo de Walter Otiñano, quien notificó a las autoridades de la OSP, pero estas accedieron a la cobertura y llegaron a un acuerdo con Arancibia y Marisel. Así, el magistrado homologó el escrito y estableció una serie de medidas, como que la obra social debe cumplir en los próximos cinco días hábiles con el depósito del importe. En el caso de incumplimiento, el juez también dispuso que llevará adelante acciones para garantizar la cobertura, como el embargo de las cuentas de la entidad. El juez reconoció que se trata de un caso muy especial por la enfermedad y la urgencia de la menor, y dijo que no recordaba una situación similar que involucre un medicamento tan caro.

 

Protagonistas

 

MARCELO ARANCIBIA – Abogado

 

"En la mediación quedó claro que la OSP es la que va ha tener que pedir la cotización del remedio y lo va a encargar. Por ser la primera vez, el trámite se hará a través del juzgado con un depósito judicial. Luego, la OSP deberá buscar el trámite correspondiente para hacerlo y para que sea un procedimiento más ágil y rápido. No pueden pasar cinco meses".

 

WALTER OTIÑANO  – Juez civil

El juez obligó a la OSP a gestionar, lo antes posible, el presupuesto de la medicación y dar la cobertura. En su fallo, indicó que, "dada la delicada salud de la menor", en caso de incumplimiento adoptará las medidas para asegurar su cobertura, como el embargo de fondos, la aplicación de astreintes y sanciones a la desobediencia de una orden judicial.