La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió ayer que la Ley provincial que declaraba la expropiación del Parque Nacional Sierra de las Quijadas, no podrá ejecutarse; y ordenó a la Provincia de San Luis que se abstenga de llevar a cabo actos que alteren la situación anterior a la sanción de esa norma.
El Supremo Tribunal dispuso, además, requerir al Juzgado Federal de la ciudad de San Luis la remisión de las actuaciones, ya que declara que la causa es de competencia originaria de la Corte Suprema.
La Administración de Parques Nacionales (APN) había presentado el pasado 7 de octubre una medida cautelar ante la Justicia Federal de San Luís solicitando la revocación de la medida, por la que se había ordenado el desalojo del predio que compone el Parque Nacional Sierras de la Quijadas.
En el mismo sentido, el Jefe de Gabinete del Directorio de Parques Nacionales, José Manuel Ubeira indicó que "la APN había solicitado anteriormente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, una medida cautelar para que se ordene la suspensión de la ley aprobada en San Luis y se abstenga de toda clase de actos que pudieran interferir sobre el uso y posesión de los inmuebles en cuestión".
El 28 de julio la Cámara de Diputados de San Luis sancionó la Ley 721/2010 que expropiaba el Parque Nacional Sierra de las Quijadas. La ley fue promulgada por el Gobernador Alberto Rodríguez Saá, dos días, mientras que él alegó que la expropiación del parque de jurisdicción nacional busca devolver ese área de 150.000 hectáreas a los indios huarpes, que -según el mandatario provincial- "lo cuidarán mejor".
