El fallo por el cual un juez declaró inconstitucional un sistema que habilita a la provincia a asegurarse fondos de los contribuyentes incumplidores de Rentas, cayó como una bomba en el Gobierno. Fuentes oficiales indicaron que la noticia generó sorpresa y no cayó bien, al punto que aclararon que no estaban al tanto del proceso judicial que ha puesto en riesgo el mecanismo de retención de fondos bancarios para que deudores hagan frente a sus obligaciones tributarias. Es que, si bien se trata de un fallo que tiene impacto en una causa específica, entienden que la medida puede ser extensiva a todos los otros contribuyentes que tienen la calificación de Riesgo Fiscal. Incluso, sobre ese punto, circuló por los pasillos de Tribunales que abogados de la materia analizan hacer una presentación colectiva a través de la Defensoría del Pueblo para que la medida judicial se aplique para todos. Sobre cómo puede afectar las arcas provinciales, las fuentes no brindaron estimaciones, pero indicaron que se trata de "una fuente de ingreso muy importante sobre los incumplidores". En esa línea, perfila una reunión de la cúpula del Ministerio de Hacienda, que conduce Marisa López, junto con el personal de Rentas, a cargo de Ernesto Gil, quien no atendió los llamados de este medio.
La resolución que ha puesto en jaque parte de los fondos que percibe Rentas fue la que dictó Pablo Oritja, al frente del N°9 Juzgado Civil. Por la demanda que inició un particular, el magistrado declaró ilegal dos resoluciones locales. La primera del 2004, que puso en marcha el Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (Sircreb), el que fue creado para todo el país por la Comisión Arbitral, un órgano instituido dentro del marco del convenio multilateral de Ingresos Brutos; y la segunda es del 2014, de la Dirección General de Rentas (DGR), la que amplía y hace extensiva la captación de fondos a todos los tributos provinciales, como el Impuesto Inmobiliario, Automotor y Sellos, de todos los contribuyentes calificados con Riesgo Fiscal. El particular que inició la demanda, lo hizo porque el Banco San Juan, en nombre de la provincia, le retuvo de manera imprevista 2.376 dólares para que fuesen utilizados a cuenta de futuras obligaciones con Rentas. El juez calificó la maniobra como si la provincia hubiera creado un nuevo impuesto sin una ley sancionada por la Cámara de Diputados, por lo que lo declaró inconstitucional.
El cimbronazo que produjo el fallo de Oritja fue en el Ejecutivo, donde ayer funcionarios de alto rango estaban desconcertados y no entendían por qué se había llegado a una instancia judicial si existen mecanismos para resolver los planteos de los contribuyentes, incluso con el reintegro de los fondos captados en aquellos casos en que se confirme que el banco los retuvo erróneamente. Para el caso en cuestión, la entidad bancaria retuvo una parte de recursos que fueron depositados en una cuenta por la liquidación de bonos nacionales, acreditación que no está comprendida para el Sircreb.
Si bien se presenta un escenario oscuro para Rentas, hay quienes ven una rendija de luz al final del camino. Es que, si bien el fallo de Oritja quedó firme, el Banco San Juan presentó un recurso extraordinario ante la Corte de Justicia. En la instancia de apelación ante la Cámara Civil, la postura de la entidad bancaria, para dar de baja la inconstitucionalidad, fue dejada de lado por error formal (ver recuadro). Así, la Sala II sólo tuvo en cuenta el planteo de los particulares y confirmó la resolución del N°9 Juzgado Civil.
Fuentes allegadas a Rentas indicaron que el escenario local llegó a oídos de la Comisión Arbitral, órgano que tiene en manos el convenio multilateral que implementó el Sircreb, y que la situación será analizada en una reunión prevista para los próximos días.
Apropiación indebida
Para el juez Pablo Oritja, una resolución de Rentas desvirtuó el sentido original del Sircreb y, de manera indirecta, la provincia creó "un sistema de apropiación indebida" de fondos que "viola el derecho a la propiedad", ya que al contribuyente se le retienen recursos sin su consentimiento.
Presentación en la Corte de Justicia
El Banco San Juan presentó un recurso extraordinario ante la Corte de Justicia, por la causa del Sircreb. La acción, según indicaron fuentes calificadas, tuvo como objetivo que el máximo tribunal defina una cuestión procesal por la cual la Sala II de la Cámara Civil no escuchó los agravios de la entidad bancaria. En la audiencia que se llevó adelante en la segunda instancia, los abogados del banco exhibieron un poder general para representar a la empresa mientras que el Código Procesal Civil, vigente al momento de la causa, establece que, para el caso de las personas jurídicas, los letrados lo deben hacer bajo "poder especial" para ese trámite. Así, los jueces miembros de la Sala II no permitieron que los representantes bancarios formularan agravios contra el fallo de Oritja y sólo escucharon los planteó de quienes solicitaron el reintegro de los fondos sustraídos de la cuenta bancaria a través del Sircreb. Lo que cuestionaron los particulares fueron las costas del juicio y eso fue lo único que resolvió la Sala II.
Si bien hay quienes indican que la Corte puede darle la razón a la empresa e indicarle a la Cámara que escuche los agravios del banco, para dar de baja la inconstitucionalidad, hay otros que apuntan que el máximo tribunal no irá en contra de los requisitos legales necesarios para presentarse en un juicio.

