La Corte de Justicia anuló la resolución que emitió en 2020 el Tribunal de Disciplina del Colegio de Psicólogos, por la cual Inés Rodríguez, principal referente del Centro de Abordaje Integral de Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas (Anivi), había recibido el castigo de suspensión por seis meses del ejercicio de la profesión. La sanción había surgido porque la entidad había entendido que la psicóloga incurrió en mala praxis, al inducir las respuestas de menores en Cámara Gesell contra un conocido bodeguero en una causa por un supuesto abuso sexual. Ahora, el máximo tribunal revocó dicho castigo al indicar que "no cabe, bajo ninguna circunstancia, considerar admisible que un Colegio Profesional, invocando el ejercicio de su poder disciplinario, se inmiscuya en actuaciones desarrolladas en el seno del Poder Judicial ni en la consecuente actividad probatoria, en la que, en su carácter de peritos convocados por los jueces, hayan intervenido sus matriculados". Incluso, fue más allá al expresar que una resolución de ese calibre, en la que una institución pone en duda pruebas que son parte de un expediente penal, "constituye una intolerable intromisión en la actividad propia y exclusiva del Poder Judicial".
El fallo de la Corte salió a la luz ayer, luego de que las partes fueran notificadas. Según explicaron fuentes calificadas, se trata de una sentencia sin precedentes locales y escasos a nivel nacional, en la que se deja en claro que una entidad profesional no puede entrometerse en una esfera propia y exclusiva de la Justicia. La resolución tuvo el voto principal del ministro Guillermo De Sanctis y la adhesión de sus pares Marcelo Lima y Adriana García Nieto. El Colegio de Psicólogos había sancionado a la profesional y el castigo también fue ratificado por una jueza de primera instancia, por lo que surgía el interrogante de qué podía ocurrir si la Corte mantenía la línea de una mala praxis y si eso impactaba sobre las otras causas en la que intervino Rodríguez, como máxima referente del Centro Anivi. Incluso, fuentes oficiales indicaron que, con la postura del máximo tribunal, el expediente penal, en el cual está procesado un conocido bodeguero (su nombre no se da a conocer para proteger la identidad de los menores involucrados) quedó allanado y va camino al juicio (ver claves).
Al resolver, la Corte tuvo en cuenta puntos centrales, entre los que se encuentra la postura del fiscal General, quien indicó que hubo "una intromisión del Colegio de Psicólogos, fiscalizando el procedimiento seguido en la producción de una prueba en una causa judicial". Además, tomó los lineamientos de la Federación de Psicólogos, institución nacional que recomienda a los colegios provinciales "rechazar las denuncias" que tienen "la clara finalidad obstructiva" en causas iniciadas con motivo de denuncias por abusos sexuales en la infancia.
Es más, según el máximo tribunal, la defensa del bodeguero tuvo ese objetivo a la hora de denunciar a Rodríguez ante su Colegio por mala praxis. Eso quedó plasmado cuando la psicóloga impugnó el castigo de la entidad ante la jueza del Contencioso Administrativo, Adriana Tettamanti, y el abogado del bodeguero solicitó intervenir como tercero interesado, lo que fue aceptado por la magistrada. Pero el propio Colegio se opuso al indicar que lo que, "en realidad, busca la defensa es la ventaja de usar como prueba el castigo profesional en el proceso penal". La habilitación de Tettamanti le valió duras palabras de la Corte, la que indicó que eso fue "indebido" e incurrió en "una patente actuación arbitraria" a través de "construcciones intelectuales impertinentes", ya que las dos únicas partes habilitadas a participar en ese proceso eran el Colegio de Psicólogos y la profesional.
Además, los cortistas indicaron que la decisión de la jueza "vulneró notablemente el orden público, patentizándose el supuesto de gravedad institucional", ya que la denuncia del bodeguero ante el Colegio tuvo como motivo central "la destrucción de la actuación de Rodríguez en una audiencia de Cámara Gesell, ordenada por un juez de la causa, que no es otra cosa que la producción de una prueba fundamental en un proceso judicial". Así, los ministros indicaron que Tettamanti fue contra un pilar que es la "preservación de la prueba", la que debe ser "inmaculada, libre de vicios intrínsecos y extrínsecos que los hagan ineficaces o nulos".
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CLAVES
Causa penal
La escandalosa causa que tiene como imputado a un reconocido bodeguero estalló en 2016, cuando su exmujer lo denunció por haber abusado sexualmente de su hijo y de dos menores hermanos de este.
Juicio
Tras un largo proceso, que involucró cambio de jueces y la incorporación de nuevas pruebas, la causa fue elevada a juicio. El expediente se encuentra en la Sala I de la Cámara Penal.
Traslado y puesto
Previo al castigo del Colegio de Psicólogos, la Corte apartó a Inés Rodríguez del Centro Anivi. Fuentes oficiales indicaron que hoy cumple tareas en la Oficina de Medidas Alternativas (OMA).