Pese a que La Pampa sostuvo en un juicio que el dique El Tambolar le producía "daños en el ambiente irreversibles" y un "efecto devastador" para la llamada cuenca del río Desaguadero, la Corte Suprema de Justicia de la Nación echó por tierra esa postura. "No surge de los argumentos vertidos (…) ni de la prueba acompañada, elementos que permitan concluir de manera clara y contundente que la obra le cause un agravio", resaltaron en su fallo los cortistas Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, por lo que rechazaron la demanda. De esa manera, el máximo tribunal archivó la causa que había entablado La Pampa con el fin de al menos frenar la construcción de la presa.

En Fiscalía de Estado, el organismo que defiende el patrimonio y los intereses de San Juan, su titular, Jorge Alvo, remarcó su "felicidad" ante la resolución de los supremos, dado que recordó que trabajaron al menos siete meses en la contestación de la demanda. En la estrategia de defensa, entre diferentes documentos técnicos de EPSE y la declaración de impacto ambiental, presentaron un informe de Hidráulica que reflejaba que el río San Juan, en donde está enclavado El Tambolar, nace en la cordillera y muere en la laguna de Guanacache, es decir, dentro del territorio provincial, por lo que sostenían que no hay un conflicto entre jurisdicciones, como argumentaba La Pampa.

El máximo tribunal remarcó en su sentencia que "La Pampa no ha demostrado que la implementación de la obra, por sí sola, le esté causando una lesión concreta o, al menos, le genere un riesgo cierto de padecerla". Además, resaltó que "no se encuentra controvertido" que El Tambolar "se inserta en un sistema preexistente de explotación hidroeléctrica en cascada (en referencia a la existencia de los otros diques) y ocupa un lugar geográficamente y sistemáticamente comprendido entre dos obras ya en funcionamiento".

Por eso, los supremos insistieron en que La Pampa "no identifica en ningún momento cual sería el agravio (potencial o actual) que la implementación de la obra de la represa específicamente le genera a sus prerrogativas". En ese sentido, Alvo destacó que la sentencia de la Corte tendrá un impacto directo en el otro juicio que inició La Pampa contra San Juan para que integre la llamada Cuenca del río Desaguadero. En ese proceso judicial, Fiscalía de Estado dio en octubre una fuerte respuesta al reiterar que los ríos locales no traspasan los límites provinciales y negar que alimenten la cuenca en la zona de influencia en La Pampa.

La causa contra El Tambolar había sido la primera embestida judicial de esa provincia contra una obra hidroeléctrica sanjuanina, pese a que sobre el río San Juan ya se han construido tres diques: Ullum, Caracoles y Punta. En 2018, el entonces gobernador pampeano había presentado una acción de amparo ante la Corte Suprema de Justicia, la que rechazó la demanda, luego de analizar la documentación presentada por Fiscalía de Estado y La Pampa.

> Construcción
Sergio Ruiz, vice de EPSE, había indicado que El Tambolar tiene una ejecución cercana al 40 por ciento y que las constructoras estaban por terminar la impermeabilización del lecho del río e iban a empezar a levantar el paredón del dique.